Concepto: 030697

Abril 17 de 2001 

Se�or

Germ�n Francisco Amaya Hurtado

Calle 17 No. 40-95

Neiva (Huila).

 

Referencia                : Consulta Radicado No. 013973 de Marzo 1 de 2.001

Tema                       : Retenci�n en la Fuente

Subtema                   : Contrato de Trabajo. 

Corresponde inicialmente manifestarle, que de acuerdo con lo establecido en el art�culo 11 del Decreto 1265 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre interpretaci�n y aplicaci�n de las normas tributarias nacionales, por tal motivo y en  busca de la unidad doctrinal le informamos lo siguiente: 

1. En concepto No. 45961 de 1.998 se concluy� "que los pagos efectuados por contratos administrativos de prestaci�n de servicios de docentes est�n sometidos a retenci�n en la fuente por concepto de ingresos laborales cuando se configuren en la realidad los elementos del contrato de trabajo, en caso contrario la retenci�n se har� por concepto de honorarios". 

As� mismo le anexamos copia del concepto No. 044492 de 1.999 que constituye  doctrina vigente de la Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales, donde se expuso: � ...para la aplicaci�n de la retenci�n se debe atender a la verdad real, lo que significa establecer los par�metros bajo los cuales se prestan los servicios y en el evento en que se trate de prestaci�n de servicios bajo una relaci�n de continua  dependencia y subordinaci�n la retenci�n a aplicar ser� la correspondiente a salarios y habr� lugar a la devoluci�n de la retenci�n practicada en exceso de conformidad con el art�culo 6 del Decreto 1189 de 1.988". 

Atentamente,

 

LUIS CARLOS FORERO RUIZ

Jefe Divisi�n Normatividad y Doctrina Tributaria (A)

Oficina Jur�dica U.A.E. DIAN