Concepto:
030697
Abril
17 de 2001
Se�or
Germ�n Francisco Amaya Hurtado
Calle
17 No. 40-95
Neiva
(Huila).
Referencia
: Consulta Radicado No. 013973 de Marzo 1 de 2.001
Tema
: Retenci�n en la Fuente
Subtema
: Contrato de Trabajo.
Corresponde inicialmente manifestarle, que
de acuerdo con lo establecido en el art�culo 11 del Decreto 1265 de 1999, este
Despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas
escritas que se formulen sobre interpretaci�n y aplicaci�n de las normas tributarias
nacionales, por tal motivo y en busca de la unidad doctrinal le informamos
lo siguiente:
1. En concepto No. 45961 de 1.998 se concluy�
"que los pagos efectuados por contratos administrativos de prestaci�n de servicios
de docentes est�n sometidos a retenci�n en la fuente por concepto de ingresos
laborales cuando se configuren en la realidad los elementos del contrato de
trabajo, en caso contrario la retenci�n se har� por concepto de honorarios".
As� mismo le anexamos copia del concepto No.
044492 de 1.999 que constituye doctrina
vigente de la Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales, donde se expuso:
� ...para la aplicaci�n de la retenci�n se debe atender a la verdad real, lo
que significa establecer los par�metros bajo los cuales se prestan los servicios
y en el evento en que se trate de prestaci�n de servicios bajo una relaci�n
de continua dependencia y subordinaci�n
la retenci�n a aplicar ser� la correspondiente a salarios y habr� lugar a la
devoluci�n de la retenci�n practicada en exceso de conformidad con el art�culo
6 del Decreto 1189 de 1.988".
Atentamente,
LUIS CARLOS FORERO RUIZ
Jefe
Divisi�n Normatividad y Doctrina Tributaria (A)