Concepto71809
Agosto 8 de 2001  

 

Se�ora

BLANCA MU�OZ

Calle 10 N� 4 -40 Oficina 804

Cali -Valle

 

TEMA:              Renta y complementarios Procedimiento

SUBTEMA :      Tributaci�n de personas naturales con y sin sin residencia en el Pa�s  

Corresponde inicialmente manifestarle, que de acuerdo con lo establecido en el art�culo 11 del Decreto 1265 de 1999 en concordancia con el art�culo 10 de la Resoluci�n 5632 de 1999 modificado por el art�culo 1� de la Resoluci�n N� 5467 de 2001, emanadas de la Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales, este Despacho es competente �nica y exclusivamente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre interpretaci�n y aplicaci�n de las normas tributarias nacionales, raz�n por la cual carece de facultad legal para pronunciarse sobre situaciones particulares de los consultantes.  

Sin embargo, sobre los temas por Ud. consultado este Despacho se pronunci� ya, entre otros, mediante los conceptos 045330/96, 030260/98, 046975/96 y 092544/2000, de los cuales le remito copia para su conocimiento.  

Resta precisarle:  

Los valores absolutos a tener en cuenta para establecer si las personas naturales est�n o no obligadas a presentar declaraci�n de renta por el a�o gravable 2000, est�n contemplados en el Dcto. 2662 de 2000  

El Concepto N� 030260 del 30 de abril de 1998, si bien est� referido a sucesiones il�quidas, los aspectos relativos a la residencia que all� se mencionan aplican para las personas naturales.  

La retenci�n en la fuente  por el Concepto  de ingresos en divisas provenientes de exterior  actualmente es  3%.  

JAIME GARZ�N BACCA

Delegado Divisi�n de Doctrina Tributaria

Oficina jur�dica