Concepto: 012370
Febrero 20 de 2001

Se�or
Edilberto Mu�oz L�pez
Carrera 37 No 12-42
Ciudad.
 

Referencia      : Consulta Radicado No.113687 de Diciembre 9 de 2.000

Tema               : Impuesto sobre las Ventas

Subtema         : Agendas. Tratamiento.

Corresponde inicialmente manifestarle, que de acuerdo con lo establecido en el art�culo 11 del Decreto 1265 de 1.999, este Despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre interpretaci�n y aplicaci�n de las normas tributarias nacionales, por tal motivo le informamos lo siguiente:

Mediante concepto No.054763 de 1.999 (P�g. 3 que le anexo) se   concluy� que "solamente los cuadernos escolares de la partida  arancelaria 48.20 del arancel se encuentra exenta del IVA".

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Por el contrario est�n gravadas las agendas, el libro universitario y el cuaderno de contabilidad, ya que no cumplen los presupuestos exigidos para ser considerados como cuaderno escolar, dados los elementos que los caracterizan, no siendo posible en consecuencia, entender que los productos en referencia tengan la categor�a de bienes exentos del impuesto".

Con el presente le estamos devolviendo la agenda allegada por Usted para la respectiva ilustraci�n.

Atentamente,

 

YOLANDA GRANADOS PICON

JEFE DIVISION DE NORMATIVIDAD y DOCTRINA TRIBUTARIA