Se�ores:
Cooperativa
Multiactiva de Obras Civiles y Ambientales
Calle
3 No.5-49
Gigante
-Huila
Referencia : Consulta
107876 de Noviembre 26 de 2.000
Tema
: Procedimiento
Subtema :
Certificaci�n por exenciones
Las consultas elevadas a esta oficina se resuelven de una manera general de
acuerdo con la competencia asignada en el Decreto 1265 y la Resoluci�n 156 de
1.999.
Solicita el memorialista una certificaci�n sobre las exenciones tributar�as
a que tiene derecho la cooperativa
que gerencia, por exigencia de entidades que le hacen pagos, para efectos de
la retenci�n en la fuente.
Ya se ha dicho en diversas oportunidades que la Direcci�n de Impuestos y Aduanas
Nacionales no expide certificaciones sobre as exclusiones tributarias, pues
estas operan por ministerio legal y ha de atenerse a las disposiciones pertinentes.
Para el caso de la retenci�n en la fuente, es muy claro el art�culo 10 del Decreto
124 de 1.997 cuando expresa que los pagos o abonos que se hagan a favor de las
entidades del r�gimen tributario especial a que se refiere el art�culo 19 del
Estatuto Tributario, no estar�n sometidas a retenci�n en la fuente, siempre
y cuando se demuestre su naturaleza jur�dica, mediante copia de la certificaci�n
de la entidad encargada de su vigilancia o de la que le haya concedido su personer�a jur�dica.
El agente retenedor conservar� copia de la
respectiva certificaci�n.
En consecuencia, la cooperativa debe presentar al agente de retenci�n la
certificaci�n de su naturaleza jur�dica.
Con lo anterior esperamos haber dado respuesta a su pregunta.
Atentamente,
Delegado Divisi�n Normativa y Doctrina Tributaria