Concepto: 012371
Febrero 20 de 2001

 

Se�ores:

JAIME PERDOMO SANCHEZ

Cooperativa Multiactiva de Obras Civiles y Ambientales

Calle 3 No.5-49

Gigante -Huila

Referencia      : Consulta 107876 de Noviembre 26 de 2.000

Tema               : Procedimiento

Subtema         : Certificaci�n por exenciones

Las consultas elevadas a esta oficina se resuelven de una manera general de acuerdo con la competencia asignada en el Decreto 1265 y la Resoluci�n 156 de 1.999.

Solicita el memorialista una certificaci�n sobre las exenciones tributar�as a que  tiene derecho la cooperativa que gerencia, por exigencia de entidades que le hacen pagos, para efectos de la retenci�n en la fuente.

Ya se ha dicho en diversas oportunidades que la Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales no expide certificaciones sobre as exclusiones tributarias, pues estas operan por ministerio legal y ha de atenerse a las disposiciones pertinentes.

Para el caso de la retenci�n en la fuente, es muy claro el art�culo 10 del Decreto 124 de 1.997 cuando expresa que los pagos o abonos que se hagan a favor de las entidades del r�gimen tributario especial a que se refiere el art�culo 19 del Estatuto Tributario, no estar�n sometidas a retenci�n en la fuente, siempre y cuando se demuestre su naturaleza jur�dica, mediante copia de la certificaci�n de la entidad encargada de su vigilancia o de la que le haya  concedido su personer�a jur�dica. El agente retenedor conservar� copia de la  respectiva certificaci�n.

En consecuencia, la cooperativa debe presentar al agente de retenci�n la  certificaci�n de su naturaleza jur�dica.

Con lo anterior esperamos haber dado respuesta a su pregunta.

Atentamente,

 

ARNULFO H. BELTR�N ESTEBAN

Delegado  Divisi�n Normativa y Doctrina Tributaria