Se�ora
Tranv. 27 No.123-19 apartamento 104 Edificio FERROL III
La
ciudad.
Ref.
:
Consulta No.112499 de 14 de diciembre de 2000.
TEMA
:
Impuesto de renta
Subtema
:
Beneficios concurrentes
La competencia del despacho radica en la interpretaci�n general y abstracta
de las normas de car�cter tributario cuyos impuestos administra la Direcci�n
de Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo a lo previsto en el art�culo 11
del D. 1265 de 1999. En estas condiciones la respuesta a su consulta se enmarca
dentro de los mencionados par�metros.
PROBLEMA JURIDICO
�Se
puede solicitar como deducci�n la inversi�n destinada a mejoramiento y control de medio ambiente
y tambi�n hacer uso del gasto por depreciaci�n.
TESIS JUR�DICA
No
se puede solicitar deducci�n por depreciaci�n en inversiones destinadas al mejoramiento
y control del medio ambiente y tambi�n deducci�n por las mismas inversiones.
INTERPRETACI�N JURIDICA
De
conformidad con el art�culo 158-2 del Estatuto Tributario las personas jur�dicas
que realicen directamente inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente,
tienen derecho a deducir anualmente de su renta el valor de dichas inversiones
que hayan realizado en el respectivo
a�o gravable.
El valor a deducir por este concepto en ning�n caso puede ser superior al veinte
por ciento (20%) de la renta l�quida del contribuyente, determinada antes de
restar el valor de la inversi�n.
La depreciaci�n, por su parte, es el desgaste u obsolescencia de los bienes
vinculados a la actividad productora de renta, reconocida como deducci�n
fiscalmente: art�culo 128 del Estatuto Tributario.
De las normas en comento se desprende que la primera deducci�n se acepta porque
la ley as� lo dispone, y la depreciaci�n es procedente en la medida en que exista
relaci�n de causalidad entre la inversi�n y la actividad productora de renta.
La inversi�n en maquinaria y equipo para el control y mejoramiento del medio
ambiente no tiene relaci�n de causalidad con la actividad productora de renta
por lo tanto la deducci�n por depreciaci�n no es procedente.
As� las cosas, �nicamente se reconoce como deducci�n la inversi�n en tales equipos.
En consecuencia, no se puede solicitar deducci�n por depreciaci�n en inversiones
destinadas al mejoramiento y control del medio ambiente y tambi�n deducci�n
por las mismas inversiones.
Atentamente,
Delegada