Concepto: 060385
Julio 03 de 2001

 

Señor:

CESAR PAVA

Sin  

 

REFERENCIA:                  Oficio radicado con el No 039374 de junio 4 de 2.001

TEMA:                           Retención En la fuente.

SUBTEMA                      Ingresos provenientes del exterior  

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1.999, y el artículo 1° de la Resolución 5467 de junio 15 de 2.001, esta División es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, por lo tanto en tal sentido se da respuesta a su consulta sin que pueda entenderse referida a ningún caso en particular.  

Sobre el tratamiento fiscal de los ingresos en divisas provenientes del exterior le remitimos los conceptos 22634 de marzo 18 de 1.999, 31125 de abril 3 de 2.000, según los cuales tales ingresos están sometidos a retención en la fuente por presumirse ingresos constitutivos de renta gravable, a menos que se demuestre que están amparados por una excepción expresamente consagrada.  

Cabe señalar que las personas nacionales residentes en el país, están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales tanto de fuente nacional como de fuente extranjera. La residencia para efectos fiscales consiste en la permanencia en el país por mas de seis meses continuos o discontinuos. Además, las personas nacionales se consideran residentes cuando conservan la familia o el asiento principal de sus negocios en el país, aunque permanezcan en el exterior.  

También le estamos enviando el concepto 30970 de octubre 26 de 1.999, según el cual los contribuyentes nacionales que perciben ingresos de fuente extranjera y éstos ingresos son gravados en el país donde se originan, pueden descontar del impuesto sobre la renta que se liquide en Colombia, los impuestos pagados en el exterior por las mismas rentas.  

Cordialmente  

ELIZABETH ZARATE DE BERNAL

Delegada División de Normativa y Doctrina Tributaria

Oficina Jurídica

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales