Concepto  060413
Julio 3 de 2001

 

Se�ora.

OFELIA SUAREZ ACU�A

(No informa direcci�n f�sica)

Ciudad  

 

Ref.                  Oficio No 032703 de mayo 10 de 2001.

Tema:               GMF  

Recibido en este despacho el oficio mencionado, nos permitimos manifestarle que de acuerdo con lo establecido en el art�culo 11 del Decreto 1265 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se  formulen sobre interpretaci�n y aplicaci�n de las normas tributarias nacionales.  

� Pregunta si para el manejo de giros sobre t�tulos depositados en DCV o Deceval se deben unificar las cuentas corrientes?  

RESPUESTA  

De acuerdo con el art�culo 15 del decreto 405 de 2001 modificado por el art�culo 3� del Decreto 518 de 27 de marzo del presente a�o, se�ala que el uso de las cuentas marcadas solamente podr�n destinarse para realizar pagos y transacciones relacionados con la compensaci�n y liquidaci�n y la administraci�n de valores depositados en Dep�sitos Centralizados de Valores. A su vez, el literal b) ib�dem, prev� que las cuentas corrientes o de ahorros a trav�s de las cuales realicen pagos los dep�sitos de valores en desarrollo de la funci�n de administraci�n deber�n estar identificadas por el dep�sito ante la entidad de cr�dito respectiva.  

De esta forma, considera el Despacho de acuerdo con la disposici�n que lo importante es la identificaci�n de una cuenta, que bien puede coincidir para los dep�sitos centralizados de valores en caso de acordarlo as�, o respecto de cada uno separada. Lo relevante es que los pagos correspondientes a las operaciones exentas se hagan a  trav�s de una cuenta identificada por el respectivo dep�sito centralizado de valores, que puede coincidir para ambos, o para cada uno en particular. La norma es flexible en ese sentido, pero es responsabilidad de cada dep�sito centralizados de valores tener marcar la cuenta a trav�s de la cual realiza las operaciones exentas concernientes a la compensaci�n y liquidaci�n sobre los t�tulos desmaterializados, as� como la administraci�n de valores all� depositados.  

Atentamente,  

Camilo Villarreal  G

Delegado -Divisi�n Doctrina Tributaria