Concepto 062353
julio 09 de 2001

 

Se�ora

ELSY CUERVO GONZALEZ

Representante legal

INVERSIONES FINAGRO LDA.

Calle 57 A No.38-16

La ciudad  

 

Ref.:           Consulta No.0308 de 6 de abril de 2001.

TEMA:        Procedimiento

Subtema :   Intereses  

Seg�n la competencia del despacho radica en la interpretaci�n general y abstracta de las normas de car�cter tributario cuyos impuestos administra la Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo a lo previsto en el art�culo 11 del D. 1265 de 1999. En estas condiciones la respuesta a su consulta se enmarca dentro de los mencionados par�metros.  

PROBLEMA JUR�DICO  

�Se pod�a extender la fecha del pago de la reducci�n de los intereses moratorios, establecidos en el art�culo 100 de la L. 633. al primer d�a h�bil?  

TESIS JUR�DICA  

Se puede extender el pago de la tasa preferencial o reducci�n de intereses moratorios al 2 de abril de 2001.  

INTERPRETACI�N JUR�DICA  

De conformidad con el art�culo 100 de la Ley 633 de 2000 para la liquidaci�n de los intereses moratorios de las obligaciones que se cancelen en efectivo durante el primer trimestre del a�o 2001 se aplican las tasas se�aladas en la norma.  

Por su parte el art�culo 61 del C�digo de R�gimen Pol�tico y Municipal los t�rminos que est�n dados en meses o a�os se computan seg�n el calendario, pero si el �ltimo d�a es feriado o de vacancia se extiende el plazo hasta el primer d�a h�bil.  

Si se tiene en cuenta que el art�culo 100 citado habla del primer trimestre del a�o 2001 y este termina un s�bado, que es inh�bil, por lo general para las entidades financieras es de entender que para efectos del pago de los intereses moratorios preferenciales el primer d�a h�bil fue el 2 de abril de 2001 .Por lo tanto los pagos realizados en dicha fecha se consideran efectivos para la aplicaci�n de la norma.  

No sobra anotar que aun cuando algunas entidades financieras abrieron sus oficinas con este objetivo no significa que los t�rminos de la ley hayan cambiado. Para que se pudiera adoptar otra decisi�n se requer�a de una orden que cambiara el horario de tales entidades, que condujera al cambio de la norma legal  

Atentamente,  

CLARA BETTY PORRAS DE PE�A

Delegada