Concepto 066253
Julio 23 de 2001

Señor
MAURICIO CRUZ
Tv. 33 No.147-05
La Ciudad


Ref.- Consulta No.034333 de 16 de mayo de 2001.

TEMA : Procedimiento

Subtema : Declaración de renta

La competencia del despacho radica en la interpretación general y abstracta de las normas de carácter tributario cuyos impuestos administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del D. 1265 de 1999 y la resolución No.5467 de 15 de junio de 2001. En estas condiciones la respuesta a su consulta se enmarca dentro de los mencionados parámetros.

PROBLEMA JURÍDICO

¿Se deben reunir los requisitos de ingresos y patrimonio para no ser declarante del impuesto de renta y complementarios cuando se tiene la condición de asalariado? .

TESIS JURÍDICA

Para no ser declarante en el impuesto de renta y complementarios se deben reunir en forma simultánea los requisitos señalados en la norma. En ausencia de alguno de ellos se pierde tal calidad.

INTERPRETACIÓN JURÍDICA

Cuando el artículo 592 del Estatuto Tributario y el D.R. 2662 de 2000 que actualiza cifras, prevén los requisitos para no ser declarante, significa que todos ellos deben cumplirse tanto por las personas de menores ingresos, los asalariados y trabajadores independientes. Así las cosas, dado que dentro de los requisitos se encuentran los relacionados con ingresos y patrimonio deben cumplirse en forma simultánea. La ausencia de alguno de ellos convierte a la persona en declarante del impuesto.

Si se leen, con detenimiento, las normas citadas, se observa que en ellas no se usa la conjunción que permitiría la posibilidad de cumplir uno u otro requisito.

Atentamente,

CLARA BETTY PORRAS DE PEÑA

Delegada