Se�or
Calle
78 N� 61 -53
Bogot�
D.C.
Ref.
: Radicado N� 015924 del
TEMA
: Impuesto sobre las ventas
SUBTEMA
: bienes gravados
Corresponde
inicialmente manifestarle, que de acuerdo con lo establecido en el art�culo
11 del Decreto 1265 de 1999 en concordancia con el literal b) del art�culo 10
de la Resoluci�n 5632 de 1999 modificada por el art�culo 1� de la Resoluci�n
N� 156 de 1999, emanadas de la Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales,
este Despacho es competente �nica y exclusivamente para absolver en sentido
general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre interpretaci�n
y aplicaci�n de las normas tributar�as nacionales, raz�n por la cual carece
de facultad legal para pronunciarse sobre situaciones particulares de los consultantes.
Sin
embargo, sobre el tema relativo al impuesto sobre las ventas en la venta de
"o.. helados este Despacho se pronunci� ya, entre otros, mediante el concepto
N� 065047 del 16 de julio de 1999, en el que claramente se expresa, que los
helados son bienes sometidos al impuesto.
Resta
precisarle:
1- La partida arancelaria
N� 04. 02 que Ud. menciona se refiere a leche y nata (crema), con cualquier
proceso industrial concentradas o con adici�n de az�car u otro edulcorante.
Por tanto, no comprende los helados, en cuanto �stos, est�n comprendidos en
la partida arancelaria N� 21.05
2- De acuerdo con el
art�culo 27 de la Ley 633 de 2000, atendiendo la partida arancelaria, entre
otros, los siguientes bienes son los que est�n excluidos del impuesto sobre
las ventas:
84.18.69.11.00 Grupos frigor�ficos de compresi�n
(tanques de fr�o para conservar leche)
84.19.39.10.0 84.19.39.10.0
Secadores
por liofilizaci�n, cr�o desecaci�n, pulverizaci�n
esterilizaci�n,
84.19.50.10.00
Pasterizadores
84.21.11.00.0
Desnatadoras
( descremadoras) centrifugas
Siendo
as�, los cuartos fr�os y de maduraci�n de helados, y las m�quinas de chorro
para su fabricaci�n, en tanto no correspondan a los bienes cuyas partidas arancelarias
se han transcrito, est�n sometidos al gravamen.
Cordialmente,
Delegado
Divisi�n de Doctrina Tributaria
Oficina
Jur�dica