Concepto: 048482

Junio 11 de 2001

 

Se�or

Jorge Enrique Bejarano

Carrera 45 No.49-60

Medell�n (Antioquia).

 

Referencia         : Consulta Radicado No.024631 de Abril 9 de 2.001

Tema                : Retenci�n en la Fuente

Subtema             : Contrato de Trabajo.  

Corresponde inicialmente manifestarle, que de acuerdo con lo establecido en el art�culo 11 del Decreto 1265 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre interpretaci�n y aplicaci�n de las normas tributarias nacionales, por tal motivo y en  busca de la unidad doctrinal le informamos lo siguiente:  

  1. En concepto No.45961 de 1.998 se concluy� que los pagos efectuados por contratos administrativos de prestaci�n de servicios de docentes est�n sometidos a retenci�n en la fuente por concepto de ingresos laborales cuando se configuren en la realidad los elementos del contrato de trabajo, en caso contrario la retenci�n se har� por concepto de honorarios".  

As� mismo le anexamos copia del concepto No.044492 de 1.999 que constituye doctrina vigente de la Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales, donde se expuso: '"...para la aplicaci�n de la retenci�n se debe atender a la verdad real, lo que significa establecer los par�metros bajo los cuales se prestan los servicio  y en el evento en que se trate de prestaci�n de servicios bajo una relaci�n de continua dependencia y subordinaci�n la retenci�n a aplicar ser� la correspondiente a salarios y habr� lugar a la devoluci�n de la retenci�n practicada en exceso de conformidad con el art�culo 6 del Decreto 1189 de 1.988".  

Atentamente,  

YOLANDA GRANADOS PICON

Jefe Divisi�n Normatividad y Doctrina Tributar�a

Oficina Jur�dica U.A.E. DIAN