Concepto: 017927
Señor
E y T
SOLUTION L TDA
Calle 34
A No.82 A -57
Ciudad
Ref. : Consulta 4498
enero 23 de 2001
Tema : Factura
Obligación de expedirla- requisito para procedencia de costos
Recibido-en este despacho el oficio mencionado, nos permitimos
manifestarle que de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto
1265 de 1999 este Despacho es competente para absolver en sentido general
las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las
normas tributarias nacionales.
Aun
cuando la inquietud planteada en la consulta no resulta del todo clara nos
referiremos a la facturación para efectos del impuesto sobre las ventas y del
impuesto sobre la renta.
Con
relación al impuesto sobre las ventas, se ha expresado en anteriores
oportunidades que :
“... constituye hecho generador del Impuesto sobre las Ventas, la
venta de bienes corporales muebles que no hayan sido expresamente excluidos,
siendo responsables en este tipo de operaciones los comerciantes, cualquiera que
sea la fase de los ciclos de producción y distribución en la que actúen y
quienes sin poseer tal carácter, ejecuten actos similares a los de aquellos
(literal a) de los artículos 420 y 437 E. T.)
De tal manera, que los comerciantes o quienes habitualmente vendan
bienes gravados, son responsables del impuesto, así se trate de la venta de
bienes usados y en tal medida deberán incluir el impuesto en la operación y
expedir la correspondiente factura,... "concepto 95058 de 2000 septiembre
29
De
conformidad con el artículo 615 del E. T. todas las personas que tengan la
calidad de comerciantes están obligadas a expedir factura o documento
equivalente con el cumplimiento de todos los requisitos previstos en los
artículos 617 y 618. El incumplimiento de esta obligación acarrea la sanción
prevista en los artículos 652 y/o 657 del Estatuto Tributario
El ordenamiento tributario señala los requisitos que debe contener la
factura o documento equivalente,
para que fiscal mente se encuentre cumplido el requisito legal de facturar.
En el concepto No.40286 de abril 28
de 2000 se explica lo pertinente a este tema, razón por la cual se anexa para su
conocimiento.
De otra
parte, para que el adquirente de los bienes y servicios pueda solicitar en
el impuesto sobre la renta los
costos incurridos, así como para la procedencia de los impuestos descontables,
señala el artículo 771-2 del estatuto Tributario que se requiere de facturas con
el lleno de los requisitos allí señalados. En tal sentido se han expedido. entre
otros los conceptos Nos. 5422 y 13846 de 2000, que se anexan para su
conocimiento.
De otra
parte, en lo referente a si es posible hacer la reserva para un gasto, le
manifestamos que al ser un tema de tipo contable, no es competencia de este
despacho pronunciarse sobre el particular
Atentamente,
Delegada
División Normativa y Doctrina