Marzo
15 de 2001
Doctor
Gerente
Instituto
Municipal de Reforma Urbana y vivienda de Inter�s Social
Carrera 8
No.2 A. -42
Guadalajara
de Buga Valle)
Ref. Consulta 113608/2000
Tema:
Procedimiento
Subtema Devoluci�n/ IVA Mejoramiento de
Vivienda
Nos
permitimos manifestarle que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7 del
art�culo 11 del Decreto 1265 de 1999, en concordancia con el art�culo 1�. de la
Resoluci�n 156 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido
general las consultas escritas que se formulen sobre .interpretaci�n V
aplicaci�n de las normas tributarias nacionales.
Sobre el
tema materia de consulta este Despacho se ha pronunciado mediante el concepto
45859/97 en donde se expres� que " de conformidad con lo ordenado en la Ley 223
de 1995 y lo reglamentado por el Decreto 1288 de 1996, el beneficio de la
devoluci�n del IV A pagado en la compra de materiales de construcci�n se limita
a los proyectos de construcci�n de vivienda de inter�s social, pero no ampara
los proyectos de habilitaci�n y mejoramiento de esa clase de viviendas. Esto se
infiere con claridad del Decreto 1288 de 1996, principalmente en sus art�culos
2�. y 5�".
Por
tratarse de doctrina vigente sobre la materia adjunto para su conocimiento
fotocopia del citado concepto.
No
obstante lo anterior, es necesario anotar que el procedimiento aplicable
a la devoluci�n o compensaci�n del IVA pagado en la adquisici�n de materiales
para la construcci�n de vivienda de inter�s social fue modificado
sustancialmente por el art�culo 49 de la Ley 633 de 2000. En todo caso la ley
sujeta su aplicaci�n al reglamento.
Atentamente,
Delegado
Divisi�n de Normativa y Doctrinas Tributaria