Concepto: 021410
Se�or
Mineros
de Antioquia S. A.
Carrera
43 No 14- 109 Piso 6
Medell�n
Referencia :
Consulta 10342 del a�o 2000
Tema
: Impuesto sobre la renta y complementarios
Subtema
: Descuento tributario por certs.
Sobre la
inquietud planteada en el escrito de la referencia, esta Divisi�n se pronunci�
por medio de los Conceptos 99024 y 108287 del a�o 2000.
En el
�ltimo de los conceptos se indic� que "de conformidad con el art�culo 6 de la Resoluci�n 1092 de 1997 el Incomex
reconocer� dicho derecho al certificado de reembolso tributario, cuando se
acrediten los requisitos previstos en el art�culo 8 de esta resoluci�n y, con
base en ellos y en las pruebas e informes disponibles, se acredite la legalidad
y efectividad de la respectiva exportaci�n.
El
art�culo 8 de la Resoluci�n citada se�ala los requisitos a cumplir por el
exportador a fin de acceder a los CERTS.
Cumplidos
tales requisitos mediante acto administrativo que resuelve la solicitud de CERTS
surge el derecho a la obtenci�n de los mencionados t�tulos.
Ahora bien, si
se tiene en cuenta que las empresas llevan contabilidad de causaci�n ello
significa que el reconocimiento de los CERTS por medio del acto administrativo
correspondiente obliga al beneficiario a declararlos as� efectivamente no los
haya recibido".
El
Concepto 99024/2000, expres� que el art�culo 257 del Estatuto Tributario se�ala
que, las personas que reciban directamente del Banco de la Rep�blica los
Certificados de Reembolso Tributario CERT, tendr�n derecho a descontar del
impuesto sobre la renta y complementarios a su cargo, en el a�o correspondiente
a su recibo, el treinta y cinco por ciento (35%) del valor de tales
certificados, cuando se trate de sociedades, o a la tarifa que figure frente a
la renta l�quida del contribuyente, en la tabla del impuesto de renta por dicho
a�o, cuando se trate de personas naturales".
Para su
conocimiento, se le env�a fotocopia de los conceptos mencionados.
Atentamente
Delegada
Divisi�n de Normativa y Doctrina Tributaria