Concepto: 035195

Mayo 2 de 2001

 

Se�ores

Net Computadores

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Referencia     : Consulta Radicado No.014926 de Marzo 5 de 2.001

Tema              : Impuesto sobre las Ventas

Subtema        : Computadores. Tratamiento.  

Corresponde inicialmente manifestarle, que de acuerdo con lo establecido en el art�culo 11 del Decreto 1265 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre interpretaci�n y aplicaci�n de normas tributarias nacionales por tal motivo el informamos lo siguiente:  

Seg�n el art�culo 27 de la Ley 633 de 2.000 que modific� unas partidas arancelarias, adicion� un inciso y modific� los par�grafos del art�culo 424 del Estatuto Tributario, "Los computadores personales de un solo procesador, port�tiles o de escritorio, habilitados para uso de Internet, con sistema operacional preinstalado, teclado, mouse, parlantes, cables y manuales, hasta por un valor CIF de mil quinientos d�lares (US 1.500), en la forma que los determine el reglamento, estar�n excluidos del impuesto sobre las ventas durante los a�os 2001, 2002 y 2003, as� como tambi�n aquellos sistemas similares que pretendan socializar la cobertura y uso del Internet de acuerdo a la reglamentaci�n del Gobierno Nacional".  

El Decreto No.406 de 14 de Marzo de 2001 que reglament� parcialmente la Ley 633 de 2.000 estableci� en su art�culo 20 que "Para los efectos de lo dispuesto en el art�culo 424 del estatuto tributario, y por los a�os 2001, 2002 y 2003, la exclusi�n del IVA en la importaci�n y venta de computadores personales se aplicar� teniendo en cuenta el valor de US 1.500 CIF unitario en el momento de la importaci�n o de la venta, independientemente de la cantidad de equipos amparados por la declaraci�n de importaci�n o la factura.  

En los t�rminos del inciso anterior y con el cumplimiento de los requisitos se�alados en el art�culo 424 del Estatuto Tributario estar�n excluidas del IVA las siguientes importaciones y ventas:  

  1. Computadores port�tiles
  2. Computadores personales de escritorio, conformados por Unidad Central de proceso y monitor
  3. Unidades Centrales de Proceso (CPU), con teclado, mouse, manuales, cables, parlantes, sistema operacional preinstalado y habilitadas para acceso a Internet.  

Par�grafo: La exigencia de parlantes para acceder a la exclusi�n del IVA se   entender� cumplida cuando la CPU incorpore tarjeta de sonido.  

Atentamente,  

YOLANDA GRANADOS PIC�N

Jefe Divisi�n Normativa y Doctrina Tributaria

Oficina Jur�dica U.A.E. DIAN