Concepto: 036717  
Mayo 8 de 2001

 

Señor

LUIS HUMBERTO ROJO

Carrera 81 No. 47 A-51

Medellín (Antioquia)

 

Ref. Consulta 4949/2001

Tema: Impuesto sobre las ventas

Subtema: IVA maquinaria pesada  

Nos permitimos manifestarle Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7 del artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, en concordancia con el artículo 1°. de la Resolución 156 de 1999, este Despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales.  

En el oficio de la referencia consulta Ud. si lo expresado en el concepto 73898/2000 al referirse a la maquinaria que ingresó al país con anterioridad a la vigencia de la ley 223 de 1995, es aplicable a toda clase de maquinaria.  

Al respecto este Despacho manifiesta que, el concepto al que Ud. alude fue aclarado mediante concepto 104219/2000 en donde se expresó: "Aunque de lo expuesto en el concepto comentado parece inferirse que los importadores de cualquier maquinaria, pueden someterse a las tarifas del IVA vigentes al momento de introducción de la misma solo por el hecho de haber sido importada antes de la vigencia de la ley 223 de 1995, es de aclarar que el espíritu de la norma comentada no es ese, toda vez que el parágrafo que contempla dicho tratamiento, no obstante referirse a la maquinaria de minera general, el mismo se encuentra dentro de una disposición que tiene como fin exclusivo regular el impuesto sobre las ventas en la importación de maquinaria pesada para industrias básicas; luego debe entenderse que el parágrafo, al hablar de maquinaria, no se está refiriendo a cualquiera sino a la del objeto de la regulación".  

Como vemos en el problema jurídico No.1 del concepto 104219 de 2000 se manifiesta claramente que el parágrafo del artículo 258-2 del Estatuto Tributario cuando hace alusión a "maquinaria que haya ingresado al país" se debe entender referida a "maquinaria pesada para industrias básicas únicamente" por cuanto el tipo legal trata del IVA en la importación de esta clase de maquinaria.  

Para una mayor ilustración adjunto fotocopia del citado concepto aclaratorio.  

Atentamente,  

CARMEN ADELA CRUZ MOLINA

Delegada División de Normativa y Doctrina Tributaria