Concepto: 038991

Mayo 15 de 2001

 

Señor

GERMAN ANDRES DE LA PAVA

 

 

Ref.: Consulta No.014979 de 5 de marzo de 2001  

TEMA: Impuesto de renta

Subtema : Periodo improductivo  

Según la competencia del despacho radica en la interpretación general y abstracta de las normas de carácter tributario cuyos impuestos administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del D. 1265 de 1999. En estas condiciones la respuesta a su consulta se enmarca dentro de los mencionados parámetros.  

PROBLEMA JURIDICO 

¿Cuál es el periodo improductivo de una sociedad -dedicada a la prestación de servicios de diseño, montaje y desarrollo de páginas de internet?  

TESIS JURIDICA 

No existe periodo improductivo para empresas distintas a las señaladas en la ley  

INTERPRETACIÓN JURIDICA 

De conformidad con el artículo 7 del D.R. 353/84 en las empresas industriales de transformación, de hotelería y de minería se considera como período improductivo el comprendido por las siguientes etapas:  

a)       Prospectación;

b)       Construcción. instalación y montaje;

c)       Ensayos y puesta en marcha.  

En la industria de construcción y venta de in muebles se considera como período improductivo el comprendido por las etapas de:  

a)       Prospectación;

b)       Construcción.  

El artículo 8 del mismo decreto dispone que la etapa de  prospectación en las empresas industriales de transformación, de hotelería y de minería, está comprendida entre la iniciación de las empresas y la fecha en que primero ocurra uno de los siguientes hechos:  

a)   Adquisición de terrenos o edificios, entendiendo por talla fecha de la escritura Correspondiente;

b)   Adquisición de los activos fijos de producción, tales como maquinaria, entendiendo por tal su entrega;

c)    Iniciación de la construcción de obras civiles o edificios.  

En esta forma si la ley no ha señalado términos especiales de periodo improductivo a empresas distintas a las enumeradas es de concluir que no  lo acepta.  

Atentamente,  

CLARA BETTY PORRAS DE PEÑA

Delegada