Concepto: 042147

Mayo 23 de 2001

 

Se�or:

FRANCISCO H. SOSA SANTOS

Carrera 17 No. 155 A -34 Apto. 201

Ciudad

 

Referencia: Sus oficios No. 18120 de 03/15/01; 21420 de 03/28/01; 20258 y 25456 de 04/16/01 y 30908 de 05/04/01

Tema: Retenci�n en la Fuente

Subtema : Servidores P�blicos  

De acuerdo con lo dispuesto en los art�culos 11 del decreto 1265 de 1999 en concordancia con el art�culo 1 literal b) de la Resoluci�n 156 del mismo a�o este Despacho es competente para dar respuesta en sentido general y abstracto a las consultas formuladas sobre la interpretaci�n y aplicaci�n de las normas que regulan lo impuestos administrados por la DIAN, sin que podamos referirnos a ning�n caso en particular o concreto.  

En respuesta a sus oficios de la referencia por medio de los cuales se nos env�a copia de las cartas dirigidas a los Doctores Pedro Nel Ospina Santamar�a Presidente de Bancaf�, Jairo Restrepo  Ram�rez, Director de Recursos Humanos de la misma  entidad y Dr. Benjam�n Correa Uribe Vicepresidente de Gesti�n Humana Bancaf�, donde solicita usted el reintegro de las suma descontadas a t�tulo de retenci�n en la fuente con ocasi�n de las indemnizaciones por despido de trabajadores en dicha entidad, en aplicaci�n del art�culo 27 de la ley 488 de 1998, me permito manifestarle que este Despacho se pronunci� sobre  el tema mediante el concepto No. 89979 de Septiembre 15 de 2000 el cual le env�o en  fotocopia por constituir la doctrina oficial al respecto.  

Es importante aclarar que este Despacho no es competente para calificar la naturaleza jur�dica de los empleados que prestan sus servicios en las diferentes entidades p�blicas o privadas, intervenidas o no por el Estado, pues como se dijo inicialmente, las respuestas a las consultas que se formulen sobre la interpretaci�n y aplicaci�n de normas tributarias nacionales se dan en sentido general conforme con nuestras funciones, por lo que en el caso objeto de estudio cada una de las entidades ha de establecer el r�gimen aplicable a sus empleados de acuerdo a su naturaleza jur�dica.  

Para una mayor ilustraci�n le remito fotocopia del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Funci�n P�blica donde se desarrollan los fundamentos jur�dicos para establecer la naturaleza de los servidores de las diferentes entidades.  

Esperamos de esta manera haber aclara suficientemente las inquietudes planteadas por usted en lo que respecta a la competencia de esta Divisi�n.  

Atentamente,  

YOLANDA GRANADOS PICON

Jefe Divisi�n Normativa y Doctrina Tributaria

Oficina Jur�dica

U. A. E. Direcci�n de Impuestos y Aduanas Nacionales