Concepto 104031
Noviembre 30 de 2001  
  

Señora 
CLAUDIA ELENA RESTREPO.
Medellín OFICIO No:    

Ref. Consulta radicada bajo el No 055219 de 2 de agosto de 2001   

TEMA. Impuesto de renta.   
Pregunta usted si para el límite de algunas deducciones como la deducción por donaciones, por inversiones en desarrollo científico y tecnológico, se toma la renta líquida del renglón 47 o del renglón 49.   
Para el efecto es preciso tener en cuenta lo previsto en el artículo 26 del Estatuto Tributario cuando señala:   
La renta líquida gravable se determina así: de la suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el año o período gravable, que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, y que no hayan sido expresamente exceptuados, se restan las devoluciones, rebajas y descuentos, con lo cual se obtienen los ingresos netos. De los ingresos netos se restan, cuando sea el caso, los costos realizados imputables a tales ingresos, con lo cual se obtiene la renta bruta. De la renta bruta se restan las deducciones realizadas, con lo cual se obtiene la renta líquida. Salvo las excepciones legales, la renta líquida es renta gravable ya ella se aplican las tarifas señaladas en la ley.   
De esta manera independiente que existan dos renglones en la declaración de renta, uno para señalar la renta líquida del ejercicio y otro para la renta líquida después de detraer la compensación por pérdidas, es pertinente tener en cuenta que de acuerdo a la disposición transcrita, la renta líquida resulta de restar de la renta bruta las deducciones procedentes.   
Por lo tanto al ser las pérdidas deducciones de la renta del año en que se solicitan como prevé el artículo 147 del Estatuto Tributario, necesariamente la renta líquida que se debe tener en cuenta para efectos del límite de algunas deducciones es la del renglón 49, esto para la declaración de renta y complementarios del año gravable 2000, que tiene identificados los renglones 47 y 49 como renta líquida. Es preciso tener en cuenta, que para efectos de control algunos conceptos se identifican en los renglones del formulario, pero esto no afecta su tratamiento tributario, de ahí, que la renta líquida como tal es la establecida luego de afectar la renta bruta con las deducciones respectivas.   

Atentamente,   

YOMAIRA HIDALGO ANIBAL
Jefe División Normativa y Doctrina Tributaria