DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES 
Concepto 023229 
Bogotá D. C. abril 19 del 2002 



Señor 
CAMILO POLANCO TORRES 
Calle 51 No.5-56 
Bogotá 

Ref: Consulta radicada bajo el numero 15150 de marzo 8 de 2002 

Mediante el escrito de la referencia plantea usted una serie de inquietudes referentes a la vinculación de los docentes y funcionarios administrativos a los planteles educativos. Entre ellas pregunta acerca de las condiciones laborales, fecha para la renovación de los contratos, prestaciones sociales a las que tienen derecho y otros aspectos laborales, e igualmente inquiere sobre la retención en la fuente aplicable en estos casos. 

Ante todo es importante precisar que de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, la competencia de este Despacho está referida a la absolución de manera general de las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales; situación que implica con relación a otras materias tales como la laboral o frente a la imposición territorial, no puede legalmente avocar su estudio y emitir pronunciamiento. 

En lo que respecta a la retención en la fuente a titulo del impuesto sobre la renta que es aplicable a los docentes, reiteradamente y acatando el pronunciamiento que sobre el tema realizara la Honorable Corte Constitucional, ha considerado este Despacho que aún cuando el contrato suscrito se denomine "administrativo de servicios" si se configuran los elementos del contrato de trabajo en la forma prevista en la legislación laboral, los ingresos percibidos" por los docentes serán a título de "ingresos laborales" sujetos a la tarifa de retención según "la tabla de retención" fijada anualmente por el Gobierno Nacional. Esta ha sido la doctrina plasmada entre otros, en los conceptos Nos. 45961 junio 12 de 1998, 44492 de Diciembre 1°. de ,1999, actualmente vigentes. 

De la misma manera mediante el concepto No.49294 de Diciembre de 1999.se indicó el procedimiento que debe seguirse para el reintegro de las sumas retenidas en exceso a los docentes asalariados. 

Las tarifas de retención en la fuente por ingresos laborales vigentes para el año 2002, se encuentran consagradas en el Decreto 2793 de Diciembre 20 de 2001 .que también puede ser consultado en la página Web de la DIAN. 

Atentamente. 

JAIME GARZON BACCA 

Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria 

Oficina Jurídica