DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Concepto 037439

Bogotá D.C. junio 24 del 2002  

 

 

Doctor

REYNALDO SARMIENTO QUINTERO

Notario Unico -de San Vicente Chucurí

Carrera 9 # 10-46

San Vicente de Chucuri

Santander  

Ref: Consulta radicada bajo los números 30938 de mayo 15 y 32324 de mayo 20 de 2002.  

Cordial saludo doctor Sarmiento:  

En relación Con los oficios de la referencia en los que se considera que Con el Concepto No.026190 del 3 de mayo de 2002, este Despacho no dio respuesta completa a las inquietudes planteadas por Ud. en el escrito de radicado 058630 de Agosto 15 de 2001. sobre el tema de la intervención de la Administración en los procesos de sucesión, en lo que toca con los aspectos de la forma en que se realiza dicha intervención, con el debido respeto manifiesto a Ud., que el citado acto contempla tanto las actuaciones que legalmente están consagradas para el efecto con los términos previstos para cada una de ellas, como el procedimiento o forma de las actuaciones a observar por los funcionarios que efectúan dicha intervención.  

Es así, Como previa enunciación de la disposición reglamentaria interna que la contempla, Orden Administrativa No.016 de diciembre 2 de 1998, se indica que la intervención es por medio escrito (memoriales) y se establece el contenido de los mismos.  

Ahora bien, el hecho que para la ejecución de la citada Orden, las Administraciones  utilicen o no formatos y que entre ellos existan diferencias, no varía las disposiciones y previsiones legales o reglamentarias de que da cuenta el Concepto aludido, que es lo que en esencia constituye y debe respetarse  en la actuación de intervención, por lo que se considera suficientemente explicita la respuesta del 3 de Mayo de 2002.

Atentamente,

JAIME GARZON BACCA

Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria

Oficina Jurídica