Oficio 005258 del 24 de enero de 2007

Bogotá D.C., 

Ref: Consulta radicada bajo el No. 84125 el 05/09/2006

Cordial saludo, doctora Martha:

De conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 en concordancia con el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para resolver en sentido general y abstracto las consultas que se formulen en relación con la interpretación y aplicación de las normas relativas a los impuestos del orden nacional a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Mediante solicitud contenida en el escrito del radicado de la referencia, solicita se precise por parte de este despacho a partir de que fecha rige la Ley 1066 de julio 29 de 2006, y si es necesaria para su aplicación por parte de las entidades nacionales y territoriales la expedición de Decreto Reglamentario y la adopción dé reglamentos internos de recaudo de cartera.

Sobre el particular la Dirección de Impuestos Nacionales en los asuntos de su competencia, expidio la Circular Número 00069 de fecha 11 de agosto de 2006 11 Por la cual se imparten instrucciones para aplicar los cambios introducidos por la Ley de Normalización de Cartera y la Subdirección de Cobranzas expidió el Instructivo número 00009 de Septiembre 29 de 2006, que se anexan en fotocopia para su conocimiento.

Finalmente le informamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.qov.co. la base de los Conceptos en materia Tributaria, Aduanera y Cambiaría expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad" – “Técnica"-, dando click en el link "Doctrina Oficina Jurídica

Atentamente,

 

ISABEL CRISTINA GARCES SANCHEZ

Jefe oficina juridica