Oficio 032285 de mayo 2 de 2007

 

Ref: Consulta radicada bajo el número 002113 el 16/03/2007

 Cordial saludo Señor Hernández:

 Conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 10 de la Resolución 1618 de 2006, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias relativas a los impuestos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, presupuesto bajo el cual se atenderá la consulta sobre la presentación de la declaración de impuesto de patrimonio por los años 2007 a 2010 teniendo en cuenta la suscripción de un contrato de estabilidad jurídica.

 Al respecto, el inciso segundo y tercero del artículo 1 de la Ley 963 de 2005 dispone lo siguiente:

 Mediante estos contratos, el Estado garantiza a los inversionistas que lo suscriban, que si durante su vigencia se modifican en forma adversa a estos alguna de las normas que hayan sido identificadas en los contratos como determinantes de la inversión, los inversionistas tendrán derecho a que se les continúe aplicando dichas normas por el término de duración del contrato respectivo.

 Para todos los efectos, por modificación se entiende cualquier cambio en el texto de la norma efectuado por el legislador si se trata de una ley, por el ejecutivo o la entidad autónoma respectiva si se trata de un acto administrativo del orden nacional, o un cambio en la interpretación vinculante de la misma realizada por autoridad administrativa competente.

 De otra parte le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes-, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, la base de Conceptos en materia Tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad"-"Técnica"-, dando click en link "Doctrina Oficina Jurídica".

 

Atentamente,

 

ISABEL CRISTINA GÁRCES SANCHEZ

Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria