DECRETO N° 2417
26-06-2007
Ministerio de la Protección Social
Por el cual se modifica el Decreto 4588 de 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 59 de la Ley 79 de 1988,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°._ PLAZO PARA ADECUAR ESTATUTOS Y EL REGIMEN DE TRABAJO Y COMPENSACIONES. Amplíese hasta el 30 de septiembre de 2007, el plazo establecido para que las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado ajusten sus estatutos y el Régimen de Trabajo y Compensaciones a lo dispuesto en el Decreto 4588 de 2006, y presenten las solicitudes con el fin de obtener las respectivas autorizaciones del Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia de la Economía Solidaria o demás superintendencias que vigilen y controlen la actividad especializada de éstas.
ARTÍCULO 2°. VIGENCIA, El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá D.C.
DIEGO PALACIO BETANCOURT
Ministro de la Protección Social
ROSEMBERG PABÓN PABÓN
Director Departamento Administrativo
ABÓN PABÓN
Nacional de la Economía Solidaria