Resolución 000075

Tipo de norma
Número
000075
Fecha
Diario oficial
51129
Fecha del diario oficial
Título

Adiciona al Anexo 1 de la Resolución No 000046 de 2019, referente a los Códigos de operación en importación ordinario

RESOLUCIÓN Nº 000075

01-11-2019

DIAN

 

 

por la cual se adiciona el Anexo 1 de la Resolución número 000046 del 26 de julio de 2019 y se dictan otras disposiciones.

 

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales, y en especial las conferidas por el numeral 12 del artículo 6° del Decreto número 4048 de 2008,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución número 000046 del 26 de julio de 2019, en el Anexo 1, establece los códigos de modalidades aduaneras en el régimen de importación;

 

Que los artículos 274 y 275 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, Pacto por Colombia, Pacto por la equidad”, establecen una tarifa especial de arancel a las importaciones de productos clasificados en los Capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional, y en reglamentación de los mismos se expidió el Decreto número 1419 del 6 de agosto de 2019;

 

Que para dar aplicación al Decreto número 1419 del 6 de agosto de 2019, se hace necesario presentar a través del sistema informático aduanero SYGA Importaciones, la declaración de importación de las mercancías clasificables por los Capítulos 61 y 62 del arancel de aduanas y realizar ajustes a la liquidación de tributos aduaneros que efectúa el sistema informático en el Formulario 500, Declaración de importación, y establecer los códigos de modalidad para la importación con pago de tributos aduaneros de mercancías que se encuentren sometidas a la tarifa de arancel señalada en el citado decreto;

 

Que teniendo en cuenta el término de entrada en vigencia del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, se hace necesario dar aplicación a la excepción prevista en el parágrafo 2° del artículo 2° de la Ley 1609 de 2013, en el sentido de que lo previsto en la presente resolución se aplicará de manera inmediata;

 

Que conforme lo previsto en el inciso 3° del numeral 2 del artículo 32 de la Resolución número 204 de 2014, la publicación de este proyecto de resolución se realizó por un plazo inferior a los quince (15) días calendario, en razón a la importancia que reviste la norma para el desarrollo del país y los usuarios del comercio exterior;

 

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º y numeral 8 del artículo 8° de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

 

En mérito de lo expuesto, el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Adiciónese al numeral I, Importación Ordinaria - Códigos de Operación, contenido en el Anexo 1 de la Resolución número 000046 de 2019, los siguientes códigos de modalidad:

 

 

Importación ordinaria con pago de los tributos a que hubiere lugar

C1

C2

C3

C4

C5

OBS

Importación ordinaria de mercancías clasificables arancelariamente por los capítulos 61 y 62 del arancel de aduanas, sujetas a una tarifa diferencial de gravamen arancelario del 37.9%, cuando el precio FOB declarado sea menor o igual a veinte 20 dólares de los Estados Unidos de América por kilo bruto, y tarifa de impuesto sobre las ventas general.

C10H

C20H

C30H

-

C50H

E7

 

 

Importación ordinaria con pago de los tributos a que hubiere lugar

C1

C2

C3

C4

C5

OBS

Importación ordinaria de mercancías clasificables arancelariamente por los capítulos 61 y 62 del arancel de aduanas, sujetas a una tarifa mixta de gravamen arancelario del 10% ad valorem, más tres dólares de los Estados Unidos de América por kilogramo bruto, para precios por kilogramo a partir de los 20 dólares USD, y tarifa de impuesto sobre las ventas general.

C10I

C20I

C30I

-

C50I

E9

 

 

Artículo 2°. Crear las siguientes observaciones, aplicables a los códigos de modalidad que se crean en la presente resolución:

 

OBS: Gravamen arancelario Impuesto sobre las ventas

 

E7

37.9%

General

 

OBS: Gravamen arancelario Impuesto sobre las ventas

 

E9

Mixto

General

 

 

Artículo 3°. Para la aplicación de los códigos de modalidad señalados en la presente resolución, se podrá presentar, para mercancía amparada en un mismo documento de transporte, varias declaraciones de importación en las cuales se declare la misma subpartida arancelaria.

 

Artículo 4°. La presente resolución deroga los códigos de modalidades de importación C10A, C20A, CAMA, C50A, C10B, C20B, C30B y C50B.

 

Artículo 5°. La presente resolución rige a partir del 3 de noviembre de 2019.

 

Publíquese y cúmplase.

 

1° de noviembre de 2019.

 

El Director General,

 

José Andrés Romero Tarazona.

 

Publicada en D.O. 51.129 del 06 de Noviembre de 2019.