Resolución 000026

Tipo de norma
Número
000026
Fecha
Título

Se habilita el Formulario 110 “Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar”

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RESOLUCIÓN Nº 000026

23-02-2022

DIAN

 

 

Por la cual se habilita el Formulario 110 “Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar” prescrito mediante Resolución 000011 del 8 de febrero de 2021, para el cumplimiento de la obligación tributaria para el año gravable 2021 y/o fracción del año gravable 2022 y años gravables siguientes.

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -DIAN.

 

En uso de las facultades legales y en especial de las que confieren el numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020 y el artículo 578 del Estatuto Tributario y,

 

CONSIDERANDO

 

Que se requiere habilitar el Formulario No. 110 “Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar” prescrito mediante Resolución 000011 del 8 de febrero de 2021, para el cumplimiento de la obligación tributaria de declarar a cargo de cierto tipo de contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario y de las entidades no contribuyentes de este impuesto declarantes de ingresos y patrimonio en el año gravable 2021 y/o fracción del año gravable 2022 y años gravables siguientes.

 

Que en atención a las modificaciones realizadas por la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021 respecto del impuesto de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes, o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar, es necesario habilitar el Formulario No. 110 “Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar” incorporando dichas modificaciones.

 

Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de Resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Habilitar el Formulario No. 110 para la presentación de la Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes, o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar. Habilitar el Formulario No. 110 para la presentación de la “declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar” prescrito mediante Resolución 000011 del 8 de febrero de 2021, para el cumplimiento de la obligación tributaria para el año gravable 2021 y/o fracción del año gravable 2022 y años gravables siguientes”. El diseño del formulario de que trata el presente artículo forma parte integral de la presente resolución.

 

La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN pondrá a disposición el Formulario No. 110 en forma virtual en la página web, www.dian.gov.coen el servicio de Usuarios Registrados para su diligenciamiento y presentación.

 

Parágrafo 1. El formulario habilitado en este artículo es para el cumplimiento de las obligaciones formales de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar.

 

Parágrafo 2. Los obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario o de Ingresos y Patrimonio, deberán hacerlo a través de los servicios informáticos (SI) de Diligenciamiento, utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Las declaraciones presentadas por un medio diferente se tendrán como no presentadas.

 

Parágrafo 3. Para la presentación de las declaraciones de corrección se deberá utilizar el formulario vigente para la presentación de la declaración inicial a corregir.

 

Artículo 2. Publicación. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá D.C. a los días del mes de del 2022.

 

 

LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA

Director General

 

 

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