RESOLUCIÓN N° 10557

30-10-2008

DIAN

"Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones 7942 y 9990 de 2008."


EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES


En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 y en el artículo 5° del Decreto 2685 de 1999, y


RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 1° dela Resolución 7942 del 26 de agosto de 2008, modificado por la Resolución 9191 del 25 de septiembre de 2008, en el sentido de ampliar el plazo de aplicación de las medidas de transición para el uso de servicios informáticos electrónicos que soportan operaciones de exportación y salida de mercancías de zona franca al resto del mundo, hasta el 31 de diciembre de 2008.


ARTICULO 2. Modificar el artículo 13 de la Resolución 9990 del 15 de octubre de 2008, el cual quedará así:


"Artículo 13. Vigencia. La presente resolución rige a partir del 1° de noviembre de 2008, salvo lo establecido en los artículos 3, 4, y 6 a 10, los cuales entrarán a regir el 1º de diciembre de 2008, en concordancia con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 2101 de 2008."


ARTICULO 3. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dada en Bogotá, D. C. a los 30 de octubre de 2008

OSCAR FRANCO CHARRY
Director General