RESOLUCIÓN N° 1756
21-02-2008
DIAN
Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 16140 de 2007
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y, en especial de las consagradas en los literales
a), b), i) y m) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999; artículo
2 del Decreto 1740 de 1994 modificado por el artículo 2 del Decreto 0093
de 2003, en el artículo 684 - 2 del Estatuto Tributario y en el artículo
469 del Decreto 2685 de 1999.
RESUELVE:
ARTICULO 1. Modificase el inciso 8 del artículo 2 de la Resolución 16140 de 2007, el cual queda así:
“Datos de Identificación del certificado al proveedor, CP
Tipo de certificado
- 1 -Inicial
- 2 -Modificación
No. Certificado al proveedor
Fecha expedición
No. Formulario anterior
No. Certificado modificado
Fecha expedición
ARTICULO 2. Adicionase el Modificase elartículo 8 de
la Resolución 16140 de 2007, con los siguientes incisos: el cual quedará
así:
“Artículo 8. Modificación del Certificado al Proveedor -
CP. Se entiende por modificación el cambio en alguno o algunos de los
datos contenidos en el certificado al proveedor realizado por parte de la sociedad
de comercialización internacional.
Conforme a la anterior definición cuando se pretenda
modificar alguno o algunos de los campos diligenciados en los certificados al
proveedor expedidos en el bimestre calendario, se deberá realizar expidiendo
un nuevo certificado al proveedor, que debe presentarse dentro del plazo señalado
en el inciso primero del artículo 3º de la presente Resolución,
teniendo en cuenta que no se haya realizado la exportación ni se hayan
vencido los términos de la misma y
“Lo anterior se aplicará sin perjuicio del plazo establecido por
el literal b) del artículo 2 del Decreto 0093 de 2003, relativo a la
validez a los Certificados al Proveedor, para efectos de la obtención
de incentivos.
Para la remisión de la información sobre los certificados al proveedor modificados se debe tener en cuenta que el archivo con la información del certificado al proveedor inicial, haya sido presentado sin errores a través del servicio de presentación de información por envío de archivos.”
ARTICULO 3. Modificanse el Anexo Técnico de la Resolución 16140 de 2007 que establece las especificaciones técnicas del formato 1262 versión 7ampliando a 7 la longitud de la casilla 61 y eliminando la casilla 41, incluidas como anexo de la Resolución 16140 de 2007. En consecuencia, las nuevas especificaciones técnicas se adoptan en el anexo que el cual hace parte integral de la presente esta Resolución.
ARTICULO 4. Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
(Original Firmado)
OSCAR FRANCO CHARRY
Director General