RESOLUCIÓN N° 1756

21-02-2008

DIAN

Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 16140 de 2007

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES


En uso de sus facultades legales y, en especial de las consagradas en los literales a), b), i) y m) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999; artículo 2 del Decreto 1740 de 1994 modificado por el artículo 2 del Decreto 0093 de 2003, en el artículo 684 - 2 del Estatuto Tributario y en el artículo 469 del Decreto 2685 de 1999.


RESUELVE:

ARTICULO 1. Modificase el inciso 8 del artículo 2 de la Resolución 16140 de 2007, el cual queda así:

“Datos de Identificación del certificado al proveedor, CP

Tipo de certificado
- 1 -Inicial
- 2 -Modificación

No. Certificado al proveedor

Fecha expedición

No. Formulario anterior

No. Certificado modificado

Fecha expedición


ARTICULO 2. Adicionase el Modificase elartículo 8 de la Resolución 16140 de 2007, con los siguientes incisos: el cual quedará así:
“Artículo 8. Modificación del Certificado al Proveedor - CP. Se entiende por modificación el cambio en alguno o algunos de los datos contenidos en el certificado al proveedor realizado por parte de la sociedad de comercialización internacional.

Conforme a la anterior definición cuando se pretenda modificar alguno o algunos de los campos diligenciados en los certificados al proveedor expedidos en el bimestre calendario, se deberá realizar expidiendo un nuevo certificado al proveedor, que debe presentarse dentro del plazo señalado en el inciso primero del artículo 3º de la presente Resolución, teniendo en cuenta que no se haya realizado la exportación ni se hayan vencido los términos de la misma y
“Lo anterior se aplicará sin perjuicio del plazo establecido por el literal b) del artículo 2 del Decreto 0093 de 2003, relativo a la validez a los Certificados al Proveedor, para efectos de la obtención de incentivos.

Para la remisión de la información sobre los certificados al proveedor modificados se debe tener en cuenta que el archivo con la información del certificado al proveedor inicial, haya sido presentado sin errores a través del servicio de presentación de información por envío de archivos.”

ARTICULO 3. Modificanse el Anexo Técnico de la Resolución 16140 de 2007 que establece las especificaciones técnicas del formato 1262 versión 7ampliando a 7 la longitud de la casilla 61 y eliminando la casilla 41, incluidas como anexo de la Resolución 16140 de 2007. En consecuencia, las nuevas especificaciones técnicas se adoptan en el anexo que el cual hace parte integral de la presente esta Resolución.

ARTICULO 4. Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los

(Original Firmado)
OSCAR FRANCO CHARRY
Director General