RESOLUCIÓN N° 03413
17-04-2008
DIAN
Por la cual se modifica parcialmente y se amplia la vigencia de la Resolución 13212 del 8 de noviembre de 2007.
El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de las facultades legales conferidas en el literal i) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999, y en el Decreto 2685 de 1999, y sus modificaciones.
RESUELVE:
Artículo 1°. Modifíquese el inciso 2 del artículo 2° de la Resolución 13212 de 2007, el cual queda así:
“Así mismo, lo establecido en el inciso segundo del artículo 1° de la citada resolución, no se aplicará a los bienes que ingresen al país cuyo documento de transporte se encuentre consignado o sea endosado a las personas jurídicas reconocidas e inscritas como Usuarios Altamente Exportadores, cuya actividad económica corresponda al procesamiento industrial de dichas mercancías.”
Artículo 2°. Transitorio. Lo previsto en la presente resolución será aplicable para aquellas mercancías que sean embarcadas hacia Colombia a partir de la fecha de su entrada en vigencia.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación hasta el 30 de noviembre de 2008 y deroga el artículo 5° de la Resolución 13212 de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de abril de 2008.
El Director General,
Oscar Franco Charry