RESOLUCIÓN NÚMERO 3067  
( MARZO 25 DE 2009 )


Por la cual se amplía un plazo para presentar información exógena tributaria a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales


EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de las facultades legales, en especial las que le confieren el numeral  12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008 y los artículos 631 y 633 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO

Que durante el día 24 de marzo de 2009 se presentó una situación técnica extraordinaria que impidió el adecuado funcionamiento de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.


Que en esta fecha se cumplía el vencimiento para la entrega de información por envío de archivos para un universo de contribuyentes.

Que la situación aludida no es atribuible a los informantes, algunos de los cuales no pudieron cumplir con el respectivo deber formal de presentar la información solicitada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que en virtud de lo anterior, se requiere ampliar el plazo de presentación de la información por envío de archivos, a los informantes cuyo plazo vencía durante el día 24 de marzo de 2009.

RESUELVE

ARTICULO 1. Ampliación del plazo para la presentación de información exógena tributaria con vencimiento durante el día 24 de marzo de 2009. Ampliase hasta el día 31 de marzo de 2009, el plazo establecido en los artículos 9, 4, 4, 3 y 18 de las Resoluciones 3841, 3843, 3845, 3846 y 3847 de 2008, respectivamente, para que los obligados cuyo NIT termina en los dígitos 96 a 00, presenten la información por el servicio informático electrónico de envío de archivos a que hacen referencia dichas resoluciones, sin que opere sanción por extemporaneidad.


ARTICULO 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los


(Original Firmado)
NESTOR DÍAZ SAAVEDRA
Director General