RESOLUCIÓN N° 008109

31-07-2009

Dian

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 508 de 2008

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de las facultades legales y en especial las contenidas en el numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, y en el Decreto 2685 de 1999,

RESUELVE

ARTICULO 1º: Modifícase el inciso primero del artículo 7 de la Resolución 508 de 2008, modificado a su vez por el artículo 20 de la Resolución 0003942 de 2009, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 7. Transitorio. No se requerirá la declaratoria de la contingencia para la aplicación del procedimiento establecido en la presente resolución, cuando se presenten fallas en los servicios informáticos electrónicos entre el 1 de mayo y el 30 de noviembre de 2009. En este evento el usuario deberá informar a la Dirección de Impuestos y Aduanas la ocurrencia del hecho.”

ARTICULO 2º: Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D.C. a los 31 días del mes de julio del 2009

(ORIGINAL FIRMADO)

NESTOR DIAZ SAAVEDRA

Director General