RESOLUCION N° 009605
08-09-2009
Dian

por la cual se derogan los literales e) del artículo 2° y d) del artículo 3°; el artículo 15 y el literal b) del artículo 16 de la Resolución 03416 de 2006.

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de sus fa¬cultades legales, en especial las conferidas por los numerales 5 y 6 de los artículos 3°, 1° y 12 del artículo 6° del Decreto 4048 de 2008 y el numeral 2 del artículo 75 de la Resolución Externa 8 de 2000, modificado por los artículos 1° de la Resolución Externa 6 de 2004 y 3-bis de la Resolución Externa 4 de 2005 de la Junta Directiva del Banco de la República,

RESUELVE:

Artículo 1°. Derogar los literales e) del artículo 2° y d) del artículo 3°; el artículo 15 y el literal b) del artículo 16 de la Resolución 03416 de 2006, proferida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de septiembre de 2009.

El Director General,

Néstor Díaz Saavedra.

Publicado D.O 47.472 del 14-09-2009