OFICIO 6684
5 de febrero de 2004
Solicita
usted, en oficio de la referencia, se precise si el Concepto 046588 de 2000, se
encuentra vigente a la luz de las nuevas disposiciones sobre facturación y
documento equivalente. Sobre el tema es necesario efectuar las siguientes
consideraciones:
El
artículo 3º del Decreto 522 de 2003 prescribe:
“ El adquirente, responsable del
régimen común que adquiera bienes o servicios de personas naturales no
comerciantes o inscritas en el régimen simplificado, expedirá a su proveedor un
documento equivalente a la factura con el lleno de los siguientes requisitos:
a. Apellidos, nombre o razón
social y NIT del adquirente de los bienes o
servicios.
b. Apellidos, nombre y NIT de la persona natural beneficiaria del pago o abono.
c. Número que corresponda a un
sistema de numeración consecutiva.
d. Fecha de la operación.
e. Concepto.
f. Valor de la operación.
g. Discriminación del impuesto
asumido por el adquirente en la operación.
h. Este
numeral fue derogado por el artículo 2 del Decreto 3228.
Respecto
de la vigencia del artículo 3 del Decreto 3050 de 1997
Para una mejor
comprensión se remite fotocopia del concepto citado