Oficio Tributario Nº 023552
26-04-2005
DIAN


Señora
CLEMENCIA DUPONT CRUZ
Presidente Ejecutiva Confecoop
Cra 15 Nº 97-40 oficina 601
Bogotá

Tema: Renta
Descriptor Precisiones sobre vigencía de la norma a partir de la fecha de publicación en Diario Oficial


En atención a su consulta referente a la vigencia de los decretos 4400 de 2004 y 640 de 2005, de manera atenta le informo que la misma opera a partir de la fecha de la publicación de los actos administrativos en el Diario Oficial, es decir que rigen hacia el futuro.

Sin embargo, debe tenerse presente que los decretos mecionados, tienen como propósito desarrollar normas sustantivas en materia del impuesto sobre la renta para los contribuyentes del régimen tributario especial en consideración a las modificaciones realizadas por la Ley 863 de 2003, las cuales rigen a partir del año gravable 2004, por tanto, es de entenderse que las disposiciones del decreto 4400 con las modificaciones incorporadas por el decreto 640, deben ser aplicadas en la determinación del impuesto de renta de dicho período gravable.


Atentamente,


JUAN ORLANDO CASTAÑEDA FERRER
Jefe División de Normativa y Doctrina