Oficio Nº 055345
12 de agosto de 2005

Ref: Consulta radicada bajo el número 36086 de 10/05/2005

Por remisión que hiciera la doctora Mónica Adriana Hinestrosa Bejarano, Coordinadora del Grupo de Gestión Documental del Ministerio de Hacienda y Crédito Pública, del oficio de la referencia, consulta usted acerca de la vigencia del Decreto 2775 de 1.983.

Al respecto me permito informarle que la competencia de este Despacho radica en la interpretación general y abstracta de las normas de carácter tributario al tenor de lo previsto en el Artículo 11 del Decreto 1265 de 1.999 en concordancia con el Artículo 1° de la Resolución 5467 de junio 15 de 2001, términos en los cuales se dará respuesta a su solicitud.

El Decreto 2775 fue expedido el 28 de septiembre de 1.983, y publicado en el Diario Oficial 36356 del 19 de octubre del citado año, el cual se encuentra vigente parcialmente.

Los artículos vigentes son:

Artículo 1o. inciso 3o concordante con el artículo 1o del Decreto 2715/83. El valor actualizado para el año 2005 del interés diario corresponde a $1000, mcte (Dcto 4344/04 art 1o).

Artículo 2o. El valor actualizado corresponde a $600, pesos. (Dcto 4344/04 art 1o).

Artículo 4o. Modificado por el artículo 50 del decreto 260 de 2001, en el sentido que tos pagos por los servicios de restaurante, hotel y hospedaje están sometidos a retención por concepto de otros ingresos a la tarifa del 3.5%. (Concepto No 023562 de marzo 23 de 2001)

Artículo 5o. Pagos por administración de edificios en propiedad horizontal, cuando se realicen a Junta o comunidad de copropietarios, encargada de la administración del edificio..

Artículo 6°. El valor actualizado correspondiente al año 2005 es de $74.000. (Decreto 4344/04, art 1o)

Artículo 8o. Pagos a agentes marítimos y de Aduanas. (Base para aplicarla)

Artículo 9º. Pagos por servicios de exportación de banano.

De otra parte le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co < http://www.dian.gov.co>, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" ."técnica"-, dando click en el link "Doctrina Oficina Jurídico.

Atentamente,

CAMILO VILLARREAL G

Delegado División De Normativa y Doctrina Tributaria