Oficio Nº 097944
29 de Diciembre de2005

Señor
MANUEL VICENTE LEÓN PÉREZ
Calle 86 No. 98 A - 11 Apto. 410
Bogotá, D.C.
REF: Consulta No. 54311 de 2005.

Atento saludo Sr. León.

Sea lo primero manifestar que esta Oficina es competente para resolver las consultas de carácter general y abstracto que se presenten con relación a la interpretación y aplicación de las normas relativas a los impuestos del orden nacional a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con las prescripciones del artículo 1° de la Resolución No 5467 de 2001, en concordancia con el artículo 11° del Decreto 1265 de 1999; portante, bajo este presupuesto se dará respuesta a su petición.

Pregunta en su escrito, si se debe reclasificar como responsable del régimen común, una persona natural cuyo patrimonio está representado en una vivienda, cuyo valor excede los ochenta y cinco millones ($85.000.000) de pesos y recibe ingresos por concepto de arriendo de inmueble, por la instalación de una antena o de una valla publicitaria, por valor de doce millones ($12.000.000) de pesos anuales.

Y agrega que si se debe registrar en la Cámara de Comercio y llevar libros de contabilidad.

Respecto de sus interrogantes, le manifestamos que este Despacho mediante pronunciamientos 034443, y 004611 de 2004, y 037398 de 2005, absolvió inquietudes en idéntico sentido, razón por la cual anexo al presente le es remitida copia de los mismos.

Téngase presente que las cuantías mencionadas en los citados pronunciamientos tienen como referencia los años 2003 y 2004, por lo que usted debe estar atento a la modificación de las mismas para la vigencia fiscal del año 2005.

Cordialmente,
CARLOS CERON SALAMANCA
Delegado División de Normativa y Doctrina Tributaria
Oficina Jurídica – DIAN –