Oficio Nº 079986
01 de noviembre de 2005

 

Señor
ALEXANDER CIFUENTES
Calle 94 A # 11 A - 39 Oficina 208
Bogotá, D.C.

Ref: Consulta radicada bajo el No. 35702 de 10/05/2005

TEMA: IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS

DESCRIPTORES: SERVICIOS PRESTADOS EN EL EXTERIOR FACTURACIÓN IVA

FUENTES FORMALES: DECISIÓN 40 CAN - DECISIÓN 578 CAN

Cordial saludo,

En respuesta a su comunicación remitida a este Despacho mediante el oficio de la referencia, en-la cual consulta acerca del tratamiento para efectos del impuesto sobre la renta y del IVA de los servicios prestados en Ecuador, atentamente le aclaro:

La Comunidad Andina (CAN) cuenta con un nuevo Régimen común para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en los países andinos, que actualiza e introduce una serie de mejoras en la norma vigente, destinadas a fomentar la colaboración entre las administraciones tributarias y atraer la inversión extranjera. Dicho régimen fue aprobado, mediante la Decisión 578, por los ministros de comercio de los países de la Comunidad Andina, en el marco de la reunión de la Comisión de la CAN celebrada en la sede del organismo andino, en Lima, el 4 de mayo de 2004.

En relación con el tema objeto de su consulta este Despacho se pronunció mediante el Concepto No. 065075 de septiembre 14 de 2005 y el oficio No. 074957 de octubre 13 de 2005, de los cuales remito copia para su conocimiento.

"De otra parte le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co < http://www.dian.gov.co>, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” – “técnica”-, dando clic en el link “Doctrina Oficina Jurídico”.

Atentamente,

JUAN JOSE FUENTES BERNAL

Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria
Oficina Jurídica