Oficio N° 029924
11 de abril de 2006



Ref: Consulta radicada bajo el número 3641 de 16/01/2006

TEMA: Libros de Contabilidad.

DESCRIPTOR: Dependencia de la DIAN ante la cual se registran libros de contabilidad. FUENTES FORMALES: Resolución 1618 de 2006.

Sea lo primero precisar que los pronunciamientos de este Despacho se emiten con carácter general y abstracto en interpretación de las normas tributarias del orden nacional, conforme a la competencia que le otorga el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999, por lo que no deben referirse a situaciones particulares y concretas.

De acuerdo a su escrito existe la inquietud de determinar ¿Cuál es la dependencia que tiene asignada la función de registrar los libros de los contribuyentes y qué norma regula esta competencia?

Al respecto, es del caso precisar lo siguiente:

En desarrollo de los Decreto 4271 y 4756 de 2005 la estructura de la U.A.E. - ­DIAN fue modificada y con ocasión de ello se profirió la Res N° 01618 de 22 de febrero de 2006 que unifica las funciones antes contenidas en la Resolución 5632 de 1999 y otras, fijando su distribución de manera integral.

Conforme a lo anterior quedó asignada a la División de Gestión y Asistencia al Cliente la competencia de libros de contabilidad de los contribuyentes. La norma expresa:

"Artículo 65. División de Gestión y Asistencia al Cliente. Son funciones de la División de Gestión y Asistencia al Cliente las siguientes:

1.(...)

7. Tramitar el proceso de registro de libros de contabilidad, documentos contables y financieros que se deba hacer ante la entidad; (...)"

Por último, solo queda manifestarle que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, la base de los Conceptos en materia Tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" - "Técnica"-, dando click en el link "Doctrina Oficina Jurídica".

Atentamente,

CARLOS CERON SALAMANCA
Delegado - División De Normatividad Y Doctrina Tributaria
Oficina Jurídica