Oficio N° 012750
13 de Febrero de 2006

Señor
CESAR ROJAS BRICEÑO
Director Ejecutivo

ACOSALDE

Carrera 100 No. 23H 83, Int. 25
Bogotá, D. C.

Ref: Consulta radicada No. 91183 del 4 de noviembre 2005.

TEMA: Retención en la Fuente
DESCRIPTORES: Productos agropecuarios
FUENTES FORMALES: Decreto 2595 de 1993

Cordial saludo, señor Rojas:

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 2° de la Resolución 5467 de julio 15 de 2001, este Despacho es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de tas normas tributarias de carácter nacional. En tal sentido damos respuesta a su solicitud.

Solicita en su escrito el pronunciamiento de este Despacho en relación con el porcentaje de retención en la fuente a practicar sobre los ingresos percibidos por la labor de moler y empacar sal indígena o lavada, de los cristalizadores existentes en el centro salinero de Manaure en la Guajira, sal que es vendida en el mercado como sal ganadera, sal base ganadera o sal natural para el consumo animal y que es utilizada por la industria para mineralizar sal para el ganado o para el tratamiento de pieles, entre otros usos.

Al respecto, atentamente le informo que el tema de la retención en la fuente para los pagos o abonos en cuenta por concepto de compras de bienes o productos de origen agrícola o pecuario, sin procesamiento industrial o con transformación industrial primaria, fue objeto de pronunciamiento por parte de este Despacho, mediante el Concepto 025042 del 26 de abril de 2002 y el oficio 051519 del 29 de julio de 2005, que por constituir la doctrina jurídica vigente le remito en fotocopia para su conocimiento.

No sobra advertir que es el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la entidad competente para definir si el producto por usted mencionado se encuentra dentro de aquellos de origen agrícola o pecuario sin procesamiento industrial o con transformación industrial primario, para gozar del beneficio referido.

Cordialmente
JUAN JOSÉ FUENTES BERNAL
Jefe División de Normatividad y Doctrina Tributaria
Oficina Jurídica