Oficio N° 009440
01 de febrero de 2006

 

Señor
ARMANDO JOSÉ SOLANILLA
Avenida 5B Norte # 23N-76
Santiago de Cali - Valle

Ref: Consulta radicada bajo el No. 74587 de 13/09/2005

TEMA: Impuesto sobre la Renta y Complementarios

DESCRIPTORES: Intereses presuntivos

FUENTES FORMALES: Estatuto Tributario, artículo 35

Cordial saludo, señor Solanilla:

De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 2° de la Resolución 5467 del 15 de Junio de 2001, esta División es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional.

Solicita pronunciamiento de esta Oficina respecto de la procedendia de determinar intereses presuntivos cuando, en virtud de un acuerdo de reestructuración en que se encuentra la casa matriz, el pago de los intereses sobre los préstamos concedidos por las subsidiarias se suspende por un periodo determinado.

Al respecto, atentamente le aclaro que lo que se presenta en este caso es una suspensión del pago de los intereses y no una suspensión de la causación de los mismos; por tanto, esta última tarea se debe realizar mientras subsista la obligación de liquidarlos, periodo en el cual los intereses no podrán se inferiores a los intereses presuntivos determinados de conformidad con lo señalado en el artículo 35 del Estatuto Tributario.

Este Despacho, mediante concepto No 059375 de 2003, se pronunció sobre los intereses presuntivos, documento del cual se anexa fotocopia para su conocimiento.

Finalmente, le manifiesto que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de INTERNET, www.dian.gov.co <http://www.dian.gov.co>, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"-, dando click en el link "Doctrina Oficina "Jurídica”.

Atentamente,

JUAN JOSE FUENTES BERNAL
Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria
Oficina Jurídica