Oficio N° 055631
05-07-2006

 

Ref: Consulta radicada bajo el número 053 del 17/05/2006

TEMA GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS

DESCRIPTORES DECLARACION y PAGO

FUENTES FORMALES ESTATUTO TRIBUTARIO, ART. 877

Cordial saludo, doctora Mana Elena:

Damos respuesta a su consulta de la referencia, en la cual pregunta con fundamento en en el parágrafo del artículo 877 del Estatuto Tributario, para efectos de entender como no presentadas las declaraciones del GMF ¿qué debe entenderse por la expresión “simultánea"?.

El artículo 877 del Estatuto Tributario, establece:

“Articulo 877. Declaracion y pago del GMF. Los agentes de retención del GMF deberán depositar las sumas recaudadas a la orden de la Dirección General del Tesoro Nacional, en la cuenta que ésta señale para el efecto, presentando la declaración correspondiente, en el formulario que para este fin disponga la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

La declaración y pago del GMF deberá realizarse en los plazos y condiciones que señale el Gobierno Nacional.

Parágrafo: Se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación.” (subrayado fuera de texto).

De conformidad con la regla de interpretación consagrada en el artículo 28 del Código Civil, "Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras, pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal.

De acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española vigésima segunda edición, Simultáneo (a), significa:

"...(De lat. Simul, juntamente, a una.) adj. Dicho de una cosa: Que se hace u ocurre al mismo tiempo que otra. Posesión simultánea.”

De lo anterior se concluye que, cuando el legislador previó en el parágrafo del artículo 877 del Estatuto. Tributario, que se entenderán como no presentadas las declaraciones, cuando no se realice el pago en forma simultánea a su presentación, la expresión "simultánea" se refiere a que se deben efectuar en el mismo espacio de tiempo laS dos operaciones o propósitos, es decir, como lo sugiere la consultante, que el mismo día de la presentación de la declaración, se haga el pago respectivo.

Cordialmente,

DENNYS GUTIERREZ GUTIERREZ

Delegado - División De Normatividad Y Doctrina Tributaria

Oficina Jurídica