Oficio N° 086579

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

 

 

Concepto N° 015892
26-12-2008

Señor
HELMAN ARAQUE BARBOSA
Carrera 7a No. 76- 35 Oficina 201 B
Bogotá, D.C.

Cordial saludo, señor Araque:

Damos respuesta a su consulta de la referencia, relacionada con la información de socios, accionistas, comuneros y/o cooperados, de que trata la Resolución No. 003847 del 30 de abril de 2008.

Comedidamente le informamos que al respecto la Subdirección de Fiscalización Tributaria en ejercicio de las funciones consagradas en el artículo 22 del Decreto 1265 de 1999 y en el artículo 41 de la Resolución 5632 de 1999, mediante oficio No. 5800001 - 1258 del 16 de septiembre de 2008, expuso el siguiente criterio que este Despacho comparte:

"Para efectos de la información que se debe reportar de acuerdo con lo indicado en el literal a) del artículo 631 del Estatuto Tributario, las sociedades obligadas a entregar información de sus socios o accionistas, deben tener presente que el monto a informar como valor patrimonial, corresponde al valor de la inversión que tiene el socio o accionista a diciembre 31 de 2008, de acuerdo con el patrimonio líquido de la respectiva sociedad."

Finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"-, dando click en el link "Doctrina Dirección de Gestión Jurídica".

Atentamente,

DENNY GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ

Delegado Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

Dirección de Gestión Jurídica