CAMINO A LA GLOBALIZACIÓN DE LA CONTADURÍA EN COLOMBIA (II)

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CAMINO A LA GLOBALIZACIÓN DE LA CONTADURÍA EN COLOMBIA (II)
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CAMINO A LA GLOBALIZACIÓN DE LA CONTADURÍA EN COLOMBIA (II)

 

 

Revisoría fiscal:

 

Continuamos con el análisis de la Revisoría Fiscal y sus diferencias con el modelo de auditoria internacional. En este sentido, llama la atención la debilidad que, en materia de justificación jurídica, plantea el borrador del proyecto, para proponer su abolición frente a la importancia de la institución, su continuidad, su posicionamiento en el contexto local y su cobertura, en cuanto ha venido operando sobre un conjunto de empresas que trascienden el ámbito del mercado de valores. Por el contrario, argumentos de orden epistemológico, analítico, regulatorio y práctico, pueden hacer inviable, en cambio, la abolición de la revisoría fiscal en Colombia.

 

Reconociendo, en todo caso, las debilidades de su operación más que de su naturaleza institucional, que se evidencian en los procesos, alcances y agentes ejecutores que tienden a confundirla, mecánicamente, con labores tradicionales de auditoría financiera, puede ser más conveniente para el País, estimular los desarrollos investigativos, tecnológicos y técnicos pertinentes para fortalecerla en términos regulatorios en materia de calidad, responsabilidades, procesos de trabajo, fiscalización y vigilancia, hoy dispersos, confusos y poco sustantivos

 

La fuerte oposición al modelo de auditoria financiera de algunos sectores denominados “proteccionistas” de  la profesión, son contrarios al pensamiento de Banco Mundial sobre el tema en su informe ROSC (Reports on Observance of standards and codes) para Colombia cuando afirma que, “Las funciones de revisor fiscal no son compatibles con las funciones de auditor independiente de estados financieros. En Colombia, el concepto moderno de auditoría independiente no existe en la normatividad sobre auditoría. Las leyes requieren del revisor fiscal llevar a cabo muchas actividades de las cuales sólo una corresponde a expresar la opinión sobre los estados financieros. Las leyes aplicables y reglamentaciones imponen al revisor fiscal certificar que el sistema de control interno de la empresa es efectivo, en tanto que el auditor es casi responsable por el control interno del cliente. El revisor fiscal también se obliga a salvaguardar los recursos de la empresa y asegurar que las informaciones obligatorias de la empresa frente a las varias agencias gubernamentales (incluso la administración fiscal) se han reunido de una manera cabal y oportuna. El gobierno (sic) ha delegado la responsabilidad al revisor fiscal para controlar y analizar el funcionamiento de una empresa, ejerciendo vigilancia e inspección sobre todas las transacciones. Se le exige al revisor fiscal de una empresa que dirija funciones de contraloría (sic) que deberían ser responsabilidad de la administración del ente económico. Estas actividades comprometen la independencia del revisor conforme a las reglas de independencia promulgadas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC).El subrayado es nuestro.

 

 

Gobierno de la industria contable:

 

Es fundamental para Colombia, transformar el Consejo Técnico en un organismo que, además de los desarrollos investigativos orientados a fundamentar los contenidos regulativos contables pertinentes, evalúe, armonice y proyecte, las nuevas propuestas internacionales en materia de regulación contable, con las realidades socioeconómicas de Colombia, que, por supuesto, cuente con la capacidad científica, tecnológica y presupuestal para respaldar las decisiones que en materia de estos temas debe proponer el Gobierno Nacional para las adopciones, o rechazos de la normatividad internacional para las empresas de mercados de capitales (estándares internacionales) o la posible armonización para las demás empresas (directrices de Pymes), según las condiciones que resulten de conveniencia para el País.

 

Por otra parte, se entiende la necesidad de ampliar la acción, permanencia y jerarquía institucional del Organismo de Vigilancia y Control, orientado no sólo a la supervisión profesional, sino también al control de la calidad formativa y del ejercicio. Debe entonces, el Gobierno transformar la Junta Central de Contadores en una institución debidamente soportada presupuestal y estructuralmente, conformada por un cuerpo de expertos que puedan asumir, en condición de pares, la trascendencia de estas tareas.

 

ESTANDARES DE EDUCACION PROFESIONAL

 

La estrategia del Gobierno Nacional en materia de formación de los contadores públicos consiste en la adopción de los estándares que al respecto emita El Education Committee (EdC) (Comité de Educación) de la International Federation of Accountants (IFAC) (Federación Internacional de Contadores), bajo la denominación técnica International Education Standards (IES) (Estándares Internacionales de Educación - EIE].

 

Lo anterior, sobre la base de que la adopción de los estándares internacionales tanto de contabilidad como de auditoria necesariamente conlleva introducir transformaciones de fondo en los programas de formación de los contadores.

 

A nivel internacional, en junio de 1994 la IFAC – International Federation of Accountants emitió el documento titulado “mas allá del 2000: Una estructura estratégica de educación para la profesión contable”[1], para discusión internacional, con la intención de proveer una marco conceptual para orientar la reestructuración del currículo de educación para contadores en los distintos países miembros[2], desde los métodos tradicionales de enseñanza centrados en la instrumentalización técnica hacia modelos de base conceptual que contribuyan a desarrollar las habilidades, conocimientos y destrezas requeridas para el ejercicio profesional.

 

Algunas universidades del país han desarrollado estrategias de formación global y actualizada de sus profesionales, incluyendo la capacitación de docentes en el exterior en contabilidad internacional, auditoria, finanzas, mercados electrónicos y aplicación de tecnologías de la información a la industria contable, entre otros importantes temas.  Son ejemplos de ello la UNAB, la Pontificia Universidad Javeriana, Eafit, Universidad de Antioquia, entre otras.

 

 

Cordialmente,

 

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO

Decano Facultad Contaduría Pública UNAB

Miembro Consejo Técnico de la Contaduría Pública

 

 

E-mail:  [email protected]

 

Bucaramanga, 5 de julio de 2004

 

 


[1] El estudio se baso en varios documentos emitidos hasta esa fecha por el comité de educación de American Accounting Association , entre ellos un artículo titulado “Future Accounting Education: preparing for the expanding profession”, emitido en 1996. Así mismo, un análisis de una firma de Auditoría titulado “Perspectives on Education: Capabilities for success in the Accounting Profession, editado en 1989 y el documento Nro 1 de la comisión de educación emitido en 1990 titulado “ Position Statement nro. 1: Objetives of education for Accountants”. 

[2] Desde luego, debe tenerse en cuenta que el ejercicio profesional de contadores a nivel internacional, se acredita mediante distintos esquemas que fluctúan entre procesos académicos formales, la presentación de exámenes de competencia y la  acreditación de experiencias prácticas, o acciones combinadas.