DEJAD QUE LOS MUERTOS DESCANSEN EN PAZ

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DEJAD QUE LOS MUERTOS DESCANSEN EN PAZ
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DEJAD QUE LOS MUERTOS DESCANSEN EN PAZ

 

Alguien cuyo nombre olvidé, dijo: “Hay males que solo cura el bálsamo de la muerte”; otro creo que mencionó que la muerte es un remedio,  por fortuna agregó que solo debemos tomarlo  hasta la última hora.  Se pueden agregar muchos pensamientos más acerca de este tema, pero ni el periódico lo permite ni el propósito principal es ese.

 

Hasta donde mi memoria alcanza, tengo claro que en este mundo solo hay dos cosas seguras: la muerte y pagar impuestos.  En mis limitaciones que me acompañan desde siempre, debo confesar que nunca me imaginé que después abandonar este mundo donde se sufre tanto para obtener el RUT, y luego para actualizarlo, quienes nos han precedido no puedan disfrutar de la paz de los sepulcros.

 

Contrario a todas las culturas que lo único que las identifica es el respeto por los muertos, la DIAN en cambio, en su afán de hacer cumplir  simples formalidades, en lugar de topar a los evasores de impuestos, no se detiene ni guarda silencio ante el frío glacial de una tumba.

 

A manera de ejemplo, tomado del mundo real y no del más allá, uno cualquiera que durante los últimos años no estuvo obligado a presentar declaración de renta y patrimonio, pero por tener un Nit, un buen amigo le aconsejó que debía cambiarlo por el Rut que era algo más trascendental, así lo hizo. Es casi seguro que este tramite aceleró su paso por la tierra.

 

Poco después de terminar la sucesión, gracias a que tenía muy poco, la familia se mantuvo unida. Dicho de otra manera, cuando hay abundancia de bienes, es casi seguro que los lazos familiares  se estropean.

 

Como el ojo inquisidor del Muisca no encontró la declaración del difunto, le envió un cordial saludo, indicándole el procedimiento a seguir.  Un familiar responde que el presunto trasgresor fiscal murió hace más de dos años y que de acuerdo con sus escasos bienes y precaria jubilación, no estaba obligado a presentar declaración de renta.

 

Más tarde los afligidos deudos reciben una nueva comunicación de la DIAN, que en forma resumida pero fiel, dice así:  Que a pesar de no cumplir los topes para declarar es preciso que se acerque a la Administración para cancelar el Nit. Uno supone que no es el muerto sino alguien cercano, además no sobra mencionar que el Nit murió cuando nació el RUT.

 

Lo más preocupante de todo es el anuncio de sanciones económicas que pueden superar las penas del purgatorio.  En pocas palabras se le informa que se impondrá una multa de una UVT ($20.974) por cada día de retraso en la actualización de la información; pero que si ésta corresponde a la dirección o a la actividad económica será equivalente a dos UVT por día.  En términos más comprensibles esta sanción puede ascender mínimo a $15 millones.    

 

Luego de consultar varios expertos en el campo tributario, la mayoría se inclinó por suministrar la dirección de Campos de Paz; en cuanto la nueva actividad del difunto, por ser algo que trasciende los limites terrenales, aun no se tiene certeza sobre cómo satisfacer esta inquietud.

 

Señores funcionarios de la DIAN en nombre de todos los fieles difuntos y en el mío propio, en forma respetuosa le rogamos que dejen en paz a los muertos, para que puedan dedicar toda su capacidad, ingenio y vocación de servicio en encontrar a los vivos, y en especial a los contribuyentes más vivos, para que éstos ayuden con sus impuestos a satisfacer las necesidades de quienes carecen de casi todo.  Duele saber de muchos que tienen tanto y pagan tan poco.

 

 

Medellín, 8 de octubre de 2007