GABRIEL VÁSQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Socio impuestos BAKER TILLY COLOMBIA
Bucaramanga, 12 de Enero del 2010
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Variaciones no autorizadas del patrimonio
Como mecanismo de control para la correcta liquidación del impuesto de patrimonio, se propone como inexactitud sancionable en los términos del artículo 647 del E.T., es decir al 160% de la diferencia entre el saldo a pagar o saldo a favor, según el caso, determinado en la liquidación oficial, y el declarado por el contribuyente o responsable, derivado de “la realización de ajustes contables y/o fiscales, que no correspondan a operaciones efectivas o reales y que impliquen la disminución del patrimonio líquido,…”.
En Colombia no había normas que sancionaran las disminuciones del patrimonio líquido, a diferencia de la mayoría de legislaciones tributarias del mundo. Se propone en la Ley 1370 de 2009 un control en relación con el impuesto al patrimonio (Art. 298-5 E.T.).
¿Qué son operaciones efectivas o reales? Técnicamente (contabilidad comercial y contabilidad fiscal), las que se pueden documentar y validar con hechos externos al ente y que adicionalmente no obedecen a manipulaciones tendientes a disminuir el impuesto de patrimonio. Esta interpretación desde luego muy subjetiva, dará lugar a un sin número de controversias, en casos como por ejemplo autorizaciones de disminuciones del capital pagado, escisiones, fusiones, pérdidas por transacciones extraordinarias, entre múltiples posibles causas de una disminución patrimonial.
La norma menciona los siguientes mecanismos que pueden ser investigados como hechos no justificativos de una disminución patrimonial, adicional a los hechos irregulares mencionados en el artículo 647 del E.T.: 1- Omisión o subestimación de activos, 2- Reducción de valorizaciones, o de ajustes o reajustes fiscales, 3- La inclusión de pasivos inexistentes o de provisiones no autorizadas o sobreestimadas; de los cuales se derive un menor impuesto a pagar.
Dado que se establecerán programas especiales de control de parte de la autoridad tributaria, una recomendación oportuna es documentar absolutamente todas las conciliaciones patrimoniales entre la contabilidad comercial y la contabilidad fiscal, especialmente los cierres de año 2009 y 2010, de donde se tomarán los datos para las investigaciones futuras.
Explicación Formal de las variaciones del patrimonio
A continuación repetimos parte de la validación técnica que será muy útil en caso de sustentación ante la autoridad tributaria de cualquier variación negativa del patrimonio fiscal. (Texto completo publicado por la red de Vanguardia Liberal octubre de 2008 “Comparación Patrimonial I y II”).
El patrimonio líquido tanto contable como fiscal, se determina restando del patrimonio bruto (activos contables) poseído por el contribuyente en el último día del año, el monto de las deudas (pasivos contables) a cargo del mismo, vigentes en esa fecha.
Como puede observarse el patrimonio líquido, es una diferencia entre activos y pasivos, los cuales tienen formas específicas de medición o valoración en materia contable y fiscal por utilizar bases comprensivas distintas. Igual ocurre con ingresos, costos y deducciones.
En la tabla número 1, se presentan las posibles justificaciones de las variaciones patrimoniales, las cuales se pueden sustentar de dos formas: a) Por las variaciones entre activos y pasivos de un período a otro o b) por las variaciones netas del patrimonio de un período a otro.
Tabla 1. Variaciones patrimoniales entre períodos |
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Variable |
Período base |
Período final |
Variación |
1) Activos: |
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1.1) Corriente |
AC0 |
AC1 |
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1.2) No corriente |
ANC0 |
ANC1 |
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1.3) Total Activos |
A0 |
A1 |
VA = A1-A0 |
2) Pasivos: |
|
|
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2.1) Corriente |
PC0 |
PC1 |
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2.2) No Corriente |
PNC0 |
PNC1 |
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2.3) Total pasivos |
P0 |
P1 |
VP = P1-P0 |
Patrimonio líquido(1-2) |
K0 |
K1 |
K1-K0 = VA + VP |
VA = variación Activos; VP = Variación pasivos; VA + VP (Valores absolutos); K = Patrimonio Líquido. |
A su vez, la estructura interna del patrimonio tiene los siguientes componentes principales: a) Los aportes de capital b) Los resultados c) El superávit de capital. Las variaciones en términos absolutos de activos y pasivos, también se pueden sustentar a través de las variaciones de los componentes del patrimonio antes descrito, es decir, los nuevos aportes o retiros de capital de las sociedades (diferentes de las reclasificaciones internas del patrimonio, tales como la capitalización de reservas o de la capitalización de la revalorización del patrimonio), las utilidades o pérdidas del período, las valorizaciones entre otros.