TAX TIPS DECLARACIÓN PERSONAS NATURALES.

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TAX TIPS DECLARACIÓN PERSONAS NATURALES.
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GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO

Columnista Vanguardia Liberal

Socio Impuestos Baker Tilly Colombia

E-mail:  [email protected]

Bucaramanga, 1 de Agosto de 2011

 

TAX TIPS DECLARACIÓN PERSONAS NATURALES

  Comienza este mes de agosto los vencimientos para presentar y pagar la declaración de renta correspondiente a la vigencia fiscal 2010 de las personas naturales residentes en Colombia.  Los dos últimos dígitos señalan la fecha límite, que comienza con los NIT terminados del 96 a 00 el día 9 de agosto de 2011 y finaliza con los NIT terminados del 01 al 05 el 6 de septiembre de 2011. Esto es, entre más bajo sean los dos últimos dígitos, mas tarde será el vencimiento. Los residentes en el exterior tienen plazo para presentar desde el 8 de septiembre hasta el 21 de septiembre de 2011 y  para pagar desde el 11 de octubre hasta el 26 de octubre de 2011, según el último dígito del NIT.

Algunas sugerencias prácticas para cumplir con este compromiso las señalamos a continuación. Primero, es reunir los documentos tales como extractos bancarios al 31 de diciembre de 2010, certificados de ingresos y retenciones, compras de bienes, venta de bienes, entre los principales.  Indispensable la declaración de renta del año anterior (2009), en lo posible con todos los anexos que haya elaborado el asesor tributario.

El formulario exige información resumida, principalmente para calcular el patrimonio. Una recomendación es discriminar en anexos y soportes, con el detalle que sea necesario para identificar cada uno de los activos y pasivos que determinan el patrimonio líquido, así como de ingresos, costos, deducciones, ingresos no constitutivos, rentas exentas, retenciones a favor, entre otros.

El solo formulario realmente no sirve de mucho cuando de una investigación tributaria se trata.  Lo que realmente se requiere para explicar los componentes de la declaración de renta son los anexos.  Entre más ordenados y señalizados sean los soportes, mejor documentada estará la declaración y frente a un funcionario de fiscalización es una buena señal de un contribuyente organizado. Los asesores que no les gusta explicar y detallar en anexos las cifras de la declaración de renta, sugerimos que el contribuyente piense en cambiarlos.      

Los parámetros principales de los no obligados a declarar en el año 2010 son los siguientes:

 

Tabla 1: Parámetros no obligados a presentar declaración de renta 2010

Clase

Ingresos inferiores a $:

Patrimonio bruto inferior $:

Asalariados

100.013.000

110.498.000

Trabajadores independientes

81.032.000

110.498.000

Demás personas naturales

34.377.000

110.498.000

Otros requisitos

Compras menores de $ 68.754.000, consumo con tarjetas menores de  $ 68.754.000, Consignaciones menores de  $ 110.498.000

Las personas naturales responsables del impuesto a las ventas régimen común, están obligados a presentar declaración de renta, independiente de las cifras señaladas en el cuadro anterior.

Adicional es indispensable disponer del RUT antes de presentar la declaración tributaria. Este trámite suele demorarse poco, pero si vamos el día del vencimiento a las 5 pm es posible que la declaración ya nos quede extemporánea.

Algunos contribuyentes personas naturales cuyo patrimonio líquido era superior a mil millones de pesos, tuvieron que adelantar la elaboración de la declaración, o por lo menos un borrador muy actualizado con el fin de cumplir con dicha obligación. Es necesario revisar los parámetros con los cuales se determinó el patrimonio líquido, el cual está íntimamente ligado al nivel de rentas como lo explico a continuación.

Uno de los problemas más recurrentes en las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad es el de explicar las variaciones del patrimonio líquido del año 2009 al año 2010.  Un aumento del patrimonio debe sustentarse en rentas líquidas, rentas exentas, ganancias ocasionales, ingresos no constitutivos, valorizaciones fiscales de bienes declarados en el año 2009, entre otros.

De igual manera, los contribuyentes del impuesto al patrimonio deberán explicar las disminuciones del patrimonio líquido.  Si no lo hacen pueden verse expuestos a investigaciones e incluso posibles sanciones.  Hay un programa de fiscalización especialmente diseñado para quienes que presentan estos indicadores. ¿Cómo se explica? Con pérdidas fiscales, gastos personales plenamente demostrados, venta de bienes y no capitalización o sustitución de inversiones, aumento de pasivos justificados con documentos de fecha cierta, entre otros.

Una técnica de verificación que utilizarán los auditores de fiscalización, es la comparación uno a uno de los componentes del patrimonio (activos y pasivos) y las correspondientes variaciones, de por lo menos tres años.  De ahí la importancia del nivel de detalle de los anexos.   Las declaraciones elaboradas por personas no expertas que inventan las cifras cada año, tendrán problemas para poder sustentar las variaciones patrimoniales.