|
INSOTAX S.A.S |
COMUNICADOS TRIBUTARIOS
De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ
Fecha: 1 de Agosto de 2013
TEMA: REFORMA TRIBUTARIA LEY 1607 DEL 2012
SUB TEMA: RETENCION EN LA FUENTE AL CREE
Mediante la ley 1607 del 26 de diciembre del 2012, fue aprobada la reforma tributaria, en ella estableció un nuevo impuesto, IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE, solamente para las PERSONAS JURIDICAS con ánimo de lucro, para el año gravable 2013 y siguientes. El artículo 37 de la ley 1607 del 2012 creo la facultad para establecer la retención en la fuente a dicho impuesto, El decreto 0862 del 26 de abril del 2013 Reglamento la retención del CREE
En la CIRCULAR 79 Había señalado los parámetros para realizar la retención en la fuente.
DECLARACION Y PAGO POR MEDIO ELECTRONICO
El articulo 4°. Del decreto 862 del 2013 estableció que Los agentes de retención del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE deberán declarar y pagar las retenciones efectuadas en cada mes, en el formulario prescrito por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
El Parágrafo 1°. Señalo que Los contribuyentes, responsables o agentes retenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital estarán obligados a presentar las declaraciones de retenciones en la fuente por concepto del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE por medios electrónicos. Las declaraciones presentadas por un medio diferente, por parte del obligado a utilizar el sistema electrónico, se tendrán como no presentadas.
Así mismo, a partir del 1° de agosto de 2013, los contribuyentes, responsables y agentes de retención de que trata este parágrafo estarán obligados a realizar los pagos por concepto del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE y por las retenciones del mismo impuesto a través de medios electrónicos.
Por lo tanto la declaración del periodo julio del 2013 del CREE debe pagarse por medio electrónico y no por pagos en bancos