Suspicacias que no deben propiciarse
Hace algunos días, la Viceministra de Hacienda informó en los medios sobre la aceptación que ha tenido en los empresarios la modalidad de pago aprobada en la ultima reforma tributaria denominada ‘Obras por Impuestos’. Manifestaba que los cálculos preliminares estiman en 1,9 billones de pesos, la cifra ya vinculada a esta figura. Esta forma de cubrir tributos fue una disposición incluida por iniciativa de la Representante a la Cámara por Bogotá Olga Lucía Velásquez, a quien apoyamos en la redacción de la norma que la establecía, para que fuera incorporada en la ponencia para primer debate en el trámite de la Ley 1819 de 2016.
Lo informado por la funcionaria constituye un aliciente para la adopción de medidas que permiten al sector privado intervenir en la satisfacción de necesidades básicas esenciales, en sectores deprimidos de nuestra geografía que han estado por años al margen de la mano del Estado. Los proyectos a realizar en sustitución de la entrega de impuestos al Tesoro, se relacionan con la construcción, mejoramiento, optimización o ampliación de infraestructura y/o dotación requerida para el suministro de servicios de agua potable, alcantarillado, energía, salud pública, educación pública, y la construcción y/o reparación de infraestructura vial, en los territorios de los 334 municipios que fueron los más azotados por la violencia, de manera inmisericorde por 50 años de guerra fratricida.
La bondad del precepto radica en que encontrarán en este la posibilidad de proteger su aporte social a través de los impuestos, del riesgo latente de la corrupción tan generalizada en el acontecer nacional. También, el país podrá, en el inmediato futuro, contrastar la ejecución de obras públicas con menores costos y en menor tiempo, con las que ‘normalmente’ se contratan por las entidades estatales, en especial por algunos alcaldes y gobernadores corruptos.
En el recorrido por diferentes ciudades, que realizamos en los primeros meses de cada año, actualizando a profesionales de la contaduría sobre las novedades tributarias, hemos percibido gran interés sobre el tema. Desafortunadamente, también encontramos el desconcierto de algunos frente a la ausencia de respuesta de la Agencia de Renovación del Territorio y del DNP, que tienen la responsabilidad de cumplir el mandato legal de disponer lo necesario para viabilizar su aplicación. En sus páginas web no aparece el Banco de Proyectos en las Zonas más Afectadas por el Conflicto (Zomac) que ordenó la ley. Por su parte, el Ministerio de Hacienda que avaló la medida, tampoco aparece en el escenario, salvo para dar la noticia aquí comentada, que, dicho sea de paso, frente a los datos en ella incorporados no reveló de dónde fueron extraídos.
Lo anterior contrasta con la publicidad oficial que se está divulgando en algunos medios para su promoción. Lo preocupante de la deficiencia estatal no es solo que los interesados estén en las nebulosas para acceder al elemento esencial que permite usarlo, sino que el hecho ha propiciado la suspicacia de quienes estiman que esta solo refleja posibles intereses ocultos par beneficiar a unos pocos. Grave daño se ocasiona a un instrumento que debería estar impregnado de una absoluta transparencia, para su credibilidad y mayor cobertura.