Envión contra el Estado de Derecho
La coacción física debe garantizar los derechos de los manifestantes
y de las demás personas, en forma oportuna.
POR:
GUSTAVO H. COTE PEÑA
SEPTIEMBRE 30 DE 2019
Las conductas corruptas en la Universidad Distrital de Bogotá asociadas al desvío de altas sumas de dinero a gastos personales, determinó el ejercicio de la legítima protesta de sus diferentes estamentos en la calle, demandando la pronta acción de las autoridades judiciales. A las razones se sumaron el riesgo en que el Esmad puso a los pacientes del San Ignacio y su ingreso abusivo al claustro de la Javeriana y de algunos policías, sin autorización, a la sede de la Pedagógica, cuando ya estaban presentes funcionarios judiciales en virtud de una desafortunada explosión, con lo que la inconformidad pasó a integrar miles de estudiantes de instituciones públicas y privadas quienes se manifestaron en forma pacífica durante un amplio espacio de tiempo.
Tras varias horas y ante el rechazo explícito de la gran mayoría, un grupo reducido de delincuentes se salió de madre y, en forma frenética, intentó incendiar el edificio del Icetex con personas adentro. Según se pudo observar en la televisión, al inicio de esta afrenta violenta, no se observó la intervención ahí si justificada del Esmad.
Lo sucedido ubica el debate público en el necesario equilibrio entre el ejercicio del derecho a la “protesta social” con el linde de la acción de control, prevención y represión del Estado. Sobre todo, cuando según lo ha expresado la Corte Constitucional: “…los derechos de reunión y manifestación pública y pacífica son derechos autónomos de libertad que, además, se encuentran interrelacionados con los derechos a la libertad de expresión, de asociación y a la participación”. En el 2017, una Sentencia de inexequibilidad, afectó algunas normas del Código de Policía y dispuso sus efectos en forma diferida por dos legislaturas. El plazo venció el pasado 20 de junio, sin que el Ejecutivo acatara la orden y asumiera la responsabilidad de presentar al Congreso las nuevas disposiciones estatutarias. Solo en estos días, la Ministra del Interior mostró preocupación en esta materia y anunció que las impulsaría. La regulación del derecho de reunión y manifestación pública, así como los límites a la fuerza policial, no puede ignorar el marco constitucional del Estado Social de Derecho.
La coacción física debe ser proporcional, garantizar los derechos de los manifestantes y de las demás personas, no puede ser alocada y, ante todo, debe ejercerse en forma oportuna. Los hechos de los últimos días en Bogotá, evidencian que estos parámetros fueron olvidados.
Al anuncio gubernamental se sumó la propuesta de un representante del partido de gobierno de reformar la Carta para permitir que mediante referendo se puedan modificar Sentencias de la Corte Constitucional. Lo anterior denota una intención descarada de buscar modificar decisiones judiciales que dicho sector estima “incómodas” con el falso argumento de hacer valer el denominado “estado de opinión” que impulsa su líder. De prosperar esta idea, las conquistas que se han logrado en beneficio de las minorías en Colombia gracias a su desarrollo jurisprudencial, quedarían comprometidas y con posibilidades de desaparecer, sobre todo en puntos sensibles que de haber sido sometidos a la voluntad de la mayoría manipulada no habrían prosperado. Igualmente, los pronunciamientos de la guardiana del orden institucional, que han permitido desarrollar la defensa y protección de los derechos fundamentales, correrían grave peligro. Ante los enviones en contra de la Constitución, el país no puede ser indiferente, pues la voluntad real de sus patrocinadores no es otra distinta a la de sacrificar principios sagrados de la democracia colombiana.
Gustavo Humberto Cote Peña
Exdirector General de la Dian
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