Concepto 1050

Tipo de norma
Número
1050
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Ingresos e inventarios para entidades prestadoras de servicios.

Concepto Nº 1050

28-04-2016

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

 

Bogotá, D.C.

 

Señor

JAVIER CHAVARRO

[email protected]

 

Asunto: Consulta

Destino: Externo

Origen: 10

 

REFERENCIA:

Fecha de Radicado

9 de Diciembre de 2015

Entidad de Origen

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

N° de Radicación CTCP

2015- 1050 -CONSULTA

Tema

Ingresos e inventarios para entidades prestadoras de servicios.

 

 

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo de Normalización Técnica de Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Único 2420 de 2015 y sus modificaciones, el cual faculta al CTCP para resolver las inquietudes que se formulen en desarrollo de la adecuada aplicación de los marcos técnicos normativos de las normas de información financiera y de aseguramiento de la información, y el numeral 3º del Artículo 33 de la Ley 43 de 1990, que señala como una de sus funciones el de servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión, procede a dar respuesta a una consulta en los siguientes términos.

 

CONSULTA (TEXTUAL)

 

"A continuación les relaciono una serie de preguntas con respecto una compañía perteneciente al grupo 2, en su objeto social presta servicios de interventoría de obra civil sobre de (sic) proyectos de infraestructura en sectores petroleros, gasoductos y carreteras; a su vez la compañía realiza diseños de obra y gerencias de proyectos (este ultimo tema encaminado a la planeación de la obra y manejo de tiempos de ejecución. La compañía no es constructora, no maneja ningún tipo de inventario de materiales de obra, ni herramientas de construcción, salvo nuestros elementos de medición utilizados en la interventoría, los cuales hacen parte de la propiedad planta y equipo de la compañía.

 

Con base en la anterior descripción de nuestro objeto social tengo los siguientes interrogantes para en manejo contable de NIIF:

 

PREGUNTAS SOBRE LAS INTERVENTORÍAS:

 

·      Como debemos registrar todos los erogaciones (pagos de nómina, viajes hoteles etc. de cada proyecto en los cuales estamos realizando las labores de interventoría o diseño de obra?

·      Se debe manejar un inventario de servicios, si es así como se debe cuantificar y posteriormente como se debe costear?

·      Se debe manejar un sistema de costos indirectos de operación de servicios, o de costos sobre contratos, antes de asignar costos de ventas?

·      Si es así como debemos asignar el costeo?

·      La empresa factura sus ingresos por servicios de acuerdo al contrato y puede ser de varias maneras por ejemplo, por cobros de cuotas fijas de pago durante el plazo de la obra y el contrato, por grado de avance, por un mixto de las dos anteriores, y por un anticipo que nos giran al inicio de la obra de acuerdo al contrato., En este caso como debo asignar el los ingresos y costos)?

·      Que otras recomendaciones debo tener en cuenta al respecto?

 

Les agradezco inmensamente su orientación al respecto respecto (sic) a los anteriores interrogantes planteados y respecto al material que pueda consultar y/o ejemplos de manejo contable NIIF de empresas del mismo objetos social y sector”

 

CONSIDERACIONES Y RESPUESTA

 

Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.

 

Para dar respuesta a su consulta es necesario traer a colación los siguientes Párrafos de la NIIF para las PYMES, así:

 

·      Párrafo 13.4 “Una entidad medirá los inventarios al importe menor entre el costo y el precio de venta estimado menos los costos de terminación y venta.”

·      Párrafo 13.14 “En la medida en que los prestadores de servicios tengan inventarios, los medirán por los costos que suponga su producción. Estos costos consisten fundamentalmente en mano de obra y otros costos del personal directamente involucrado en la prestación del servicio, incluyendo personal de supervisión y otros costos indirectos atribuibles. La mano de obra y los demás costos relacionados con las ventas, y con el personal de administración general, no se incluirán, pero se reconocerán como gastos en el período en el que se hayan incurrido. Los costos de los inventarios de un prestador de servicios no incluirán márgenes de ganancia ni costos indirectos no atribuibles que, a menudo, se tienen en cuenta en los precios facturados por los prestadores de servicios."

·      Párrafo 23.14 “Cuando el resultado de una transacción que involucre la prestación de servicios pueda ser estimado con fiabilidad, una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias asociados con la transacción, por referencia al grado de terminación de la transacción al final del período sobre el que se informa (a veces conocido como el método del porcentaje de terminación). El resultado de una transacción puede ser estimado con fiabilidad cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:

 

(a) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad.

(b) Es probable que la entidad obtenga los beneficios económicos derivados de la transacción.

(c) El grado de terminación de la transacción, al final del período sobre el que se informa, pueda ser medido con fiabilidad.

(d) Los costos incurridos en la transacción, y los costos para completarla, puedan medirse con fiabilidad”

 

De lo transcrito anteriormente y frente a lo consultado podemos concluir lo siguiente:

 

1. Las erogaciones que realice la entidad por concepto de; (sic) pagos de nómina, gastos de viajes, gastos de alojamiento y demás costos relacionados directamente con el desarrollo de los proyectos, se reconocerán como parte del inventario y una vez se den los criterios para el reconocimiento del ingreso, se registrará simultáneamente, el costo asociado en el estado de resultados.

2. Los inventarios por la prestación de servicios se medirán al costo, los cuales principalmente están representados en mano de obra y otros costos de personal directamente involucrados en la prestación del servicio, incluyendo los del personal de supervisión y otros costos indirectos atribuibles con éste. Así mismo, los gastos de administración y ventas no forman parte del costo de los servicios y se deben reconocer en el estado de resultados en el período en que se hayan incurrido.

3. Ahora bien, la NIIF para las PYMES señala algunos métodos de costeo de los inventarios en el Párrafo 13.16, por lo que la entidad podrá acudir al que considere en las circunstancias y que refleje en mejor forma el costo de los servicios prestados.

4. De otra parte, la entidad reconocerá los ingresos por la prestación de servicios, cuando se den los criterios de reconocimiento señalados en el Párrafo 23.14 de la NIIF para las PYMES. A su vez, los Párrafos del 23.21 al 23.27 proporcionan una guía para la aplicación del método del porcentaje de terminación.

5. Finalmente, frente a lo consultado podrá encontrar ejemplos prácticos en el Módulo 23 - Ingresos de actividades ordinarias del Material de Formación sobre la NIIF para las PYMES, preparado por el IASB. El cual podrá consultar en http://www.ifrs.org/IFRS-for-SMEs/Pages/Spanish-Modules.aspx

 

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

 

Cordialmente,

 

 

LUIS HENRY MOYA MORENO

Consejero